Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00088/2025)
Aprobación del convenio urbanístico de gestión para desarrollo del sector SUP-NO-05/201 "Borde Noroeste-Puente, Abadías", fase III
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 88/2025

no quede a expensas del cumplimiento de condicionantes administrativos dependientes de terceros propietarios.
IV.- Justificación:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.6 del Reglamento General de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
Ordenación Territorial y Ordenación Urbanística Sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto143/2021, de 21 de
diciembre (en adelante RGLOTUS), "todo convenio deberá ir acompañado de una memoria justificativa donde se analice su
necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad, así como el resto de requisitos
que establezca la legislación de régimen jurídico del sector público".
En atención a ello se acompaña, como anexo, la memoria justificativa de necesidad y utilidad.
V.- Características:
Como se recoge en la citada memoria, el presente convenio presenta carácter bilateral y urbanístico, y no contractual en el
sentido de no estar sujeto a la legislación de contratos del sector público, ni imponer prestaciones patrimoniales recíprocas
de una parte hacia otra, limitándose a regular, con arreglo a lo permitido en la normativa urbanística, la gestión
urbanizadora pendiente del sector, imponiendo débitos a las partes únicamente en ese ámbito de gestión pública.
Carece, por tanto, de coste económico y de riesgo de responsabilidad patrimonial para el Ayuntamiento como
administración actuante por efecto de este.
Por su carácter bilateral y por circunscribirse a la parte no ejecutada del sector, extinto el convenio multilateral para la
ejecución pendiente del sector SUP-NO-05/202 del PGOU de Mérida, suscrito el 29 de enero de 2023.
De acuerdo con su regulación, el presente convenio tiene carácter administrativo, perteneciente a la categoría de los
convenios de gestión urbanística descritos en los artículos 91.3.a) de la LOTUS y 108.3.a) del RGLOTUS, los intervinientes
suscriben el presente convenio urbanístico de gestión, de acuerdo con las siguientes.
ESTIPULACIONES
Primera.- Objeto de convenio.
El presente convenio, único vigente para esta fase a partir de su otorgamiento, tiene por objeto fijar los compromisos
asumidos, de conformidad con el Plan y con la ley, por el Ayuntamiento de Mérida y por el propietario de las parcelas con
uso lucrativo en el polígono III (fase III) del sector SUP- NO-05/202 del PGOU de Mérida, pendiente de desarrollo, de cara a
concluir su ejecución y garantizar su cumplimiento sin vinculación a las fases ya ejecutadas ni menoscabo de los intereses
públicos.
Como convenio de gestión, se atiene en todo caso a la planificación correspondiente a referido sector.
Segunda.- Compromisos asumidos por las partes.
A.- Compromisos asumidos por la propiedad:
Por el presente convenio la mercantil Proycoex Abadias, SL, asume ante el Ayuntamiento de Mérida los
siguientes compromisos:
i.- A ejecutar a su cargo la urbanización del polígono III conforme al proyecto de urbanización
aprobado, una vez autorizada su ejecución por parte del Ayuntamiento en el plazo de 16 meses
desde dicha autorización, sin perjuicio de la prórroga que pudiera concederse por causas
justificadas.
ii.- A constituir las garantías legalmente exigibles para asegurar la correcta ejecución de la
urbanización a su cargo, una vez solicitada la autorización para urbanizar, que será del 25% que
determina el artículo 2.30.2 del PGOU, del presupuesto de contrata de la obra pendiente de
finalizar correspondiente a la fase III, antes del inicio de las obras, por un importe de
238.325,08 euros o el 25% del importe del presupuesto total de la adaptación a normativa del
proyecto de terminación de la urbanización de la fase III del sector SUP-NO-05 en caso de que
esta fuera mayor; sustituyendo esta a la garantía aportada por los anteriores propietarios de la
fase II, de acuerdo con el convenio urbanístico suscrito con fecha 29 de enero de 2023, por
importe de 60.990,62 euros correspondientes al 7% del presupuesto de contrata de la obra
pendiente de finalizar de la fase III.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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