Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (00100/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa Escala "Construcción Aceuchal"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Aceuchal
Anuncio 100/2025
c) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se determine.
d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su
celebración, el tiempo indispensable para su realización.
e) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las empleadas embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción,
para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los
preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse
dentro de la jornada de trabajo.
f) Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media
hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este
derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos
trabajen.
Igualmente la empleada podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que
acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.
Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
g) Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a
continuación del parto, la empleada o empleado tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo
de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras.
Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la
disminución proporcional de sus retribuciones.
De algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una persona con
discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a la reducción de su jornada de trabajo,
con la disminución de sus retribuciones que corresponda.
Tendrá el mismo derecho el empleado/a que precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda
valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
i) Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el empleado tendrá derecho a solicitar
una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de
enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes.
Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta
reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso, el plazo máximo de un mes.
j) Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y
por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
k) Por asuntos particulares, seis días al año.
l) Por matrimonio, quince días.
m) Por nacimiento de un hijo el tiempo que corresponda según normativa vigente.
Artículo 10.- Derechos.
Los alumnos/as trabajadores/as de la escuela de aprendizaje laboral "Construye Aceuchal" tienen los siguientes derechos de
carácter individual en correspondencia con su naturaleza de alumno/a trabajador/a:
- A recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos de la escuela de aprendizaje laboral "Construye
Aceuchal y a las necesidades y aptitudes personales de cada uno.
- Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición de alumno/a trabajador/a y de
acuerdo con la progresión alcanzada en su formación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se determine.
d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su
celebración, el tiempo indispensable para su realización.
e) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las empleadas embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción,
para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los
preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse
dentro de la jornada de trabajo.
f) Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media
hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este
derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos
trabajen.
Igualmente la empleada podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que
acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.
Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
g) Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a
continuación del parto, la empleada o empleado tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo
de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras.
Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la
disminución proporcional de sus retribuciones.
De algún menor de doce años, de persona mayor que requiera especial dedicación, o de una persona con
discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a la reducción de su jornada de trabajo,
con la disminución de sus retribuciones que corresponda.
Tendrá el mismo derecho el empleado/a que precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda
valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
i) Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el empleado tendrá derecho a solicitar
una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de
enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes.
Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta
reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso, el plazo máximo de un mes.
j) Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y
por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
k) Por asuntos particulares, seis días al año.
l) Por matrimonio, quince días.
m) Por nacimiento de un hijo el tiempo que corresponda según normativa vigente.
Artículo 10.- Derechos.
Los alumnos/as trabajadores/as de la escuela de aprendizaje laboral "Construye Aceuchal" tienen los siguientes derechos de
carácter individual en correspondencia con su naturaleza de alumno/a trabajador/a:
- A recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos de la escuela de aprendizaje laboral "Construye
Aceuchal y a las necesidades y aptitudes personales de cada uno.
- Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición de alumno/a trabajador/a y de
acuerdo con la progresión alcanzada en su formación.
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www.dip-badajoz.es/bop
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