Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00029/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de transparencia y participación ciudadana
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 29/2025

4.- Redes sociales municipales: El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros dispondrá de un perfil actualizado
en las redes sociales de mayor alcance y/o uso por parte la ciudadanía, que se utilizará como canal de
comunicación a través del cual ofrecer información actualizada respecto a la actividad municipal.
5.- App municipal y otros sistemas tecnológicos: El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros incorporará
medios tecnológicos de uso generalizado en cada momento (app municipal, etc.), con el objetivo de fomentar
el uso de las nuevas tecnologías y la extensión de su uso a los diferentes colectivos, contribuyendo así a
reducir la brecha tecnológica. En la medida en que sea, técnica y económicamente, viable, se impulsará que
en dichos medios tecnológicos se disponga de espacios para el debate, la interacción social y la participación
ciudadana.
6.- Otros medios de comunicación municipales: El Ayuntamiento utilizará otro tipo de cauces para informar a
los vecinos y vecinas que no dispongan de medios electrónicos o no los utilicen, complementando de esta
manera la comunicación física y digital garantizando que se produce en igualdad de condiciones de acceso. A
tal efecto, y sin perjuicio de los procedimientos y canales con dicho carácter que se incorporen, se consideran
como medios de comunicación fundamentales los siguientes:
a) Tablón de anuncios (virtual y físico) del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. En el tablón
físico se expondrán en formato papel todos los expedientes en exposición pública, siendo
accesible en el horario en que se encuentren abiertas las dependencias municipales.
b) Bandos municipales.
c) Otros medios municipales: Cartelería, tablones callejeros, etc.
7.- Comunicación en otros medios: Con el objetivo de buscar la máxima difusión de la información municipal,
el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros trabajará con los medios de comunicación municipales para
trasladar información respecto a la actividad municipal y facilitará su utilización por parte del resto de grupos
políticos (tengan o no representación en el pleno de la Corporación).
8.- Grupos de información electrónica: El Ayuntamiento creará ficheros de direcciones de correo electrónico
ciudadanas para divulgar de manera permanente información municipal de interés para vecinas y vecinos, así
como para grupos, asociaciones y entidades.
La inscripción a dichos ficheros estará permanentemente abierta para su alta o baja en la web municipal. Las
personas interesadas podrán pedir en cualquier momento su inclusión en los mismos, así como su baja.
En la medida de lo posible, esta información estará sectorizada y/o agrupada en temáticas de interés para
que las personas destinatarias puedan seleccionar el ámbito sobre el que desean recibir la misma.
9.- Manual de trámites: El Ayuntamiento elaborará y mantendrá actualizada una guía básica o manual de
trámites municipales que será publicada en la página web municipal y será accesible a toda la ciudadanía.
CAPÍTULO II. EL DERECHO A LA ESCUCHA
Artículo 12.- Contenido del derecho a la escucha.
1.- Todas las personas tienen derecho a ser escuchadas, individual o colectivamente, en los asuntos públicos
de competencia municipal, en los términos establecidos en este Reglamento y el resto de normativa aplicable.
2.- El Ayuntamiento promoverá el ejercicio efectivo de los derechos a la escucha que se regulan en el presente
capítulo, removiendo los obstáculos que impidan su ejercicio en plenitud.
Artículo 13.- Derecho a formular quejas, sugerencias y agradecimientos.
1.- Todas las personas tienen derecho a presentar quejas, agradecimientos y a formular sugerencias respecto
al funcionamiento de los servicios públicos municipales.
2.- Este derecho se ejerce a través del Servicio de Atención Ciudadana, así como de los buzones (físicos o
virtuales a través del sitio web municipal) que el Ayuntamiento disponga a tal efecto. Las personas que
ejerzan este derecho recibirán respuesta razonada y escrita sobre los asuntos planteados en un plazo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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