Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (06405/2025)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el año 2025
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Área de Igualdad
Anuncio 6405/2024
«BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROYECTOS, CON PERSPECTIVA DE GÉNERO,
CUYO OBJETO SEA LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y/O SENSIBILIZACIÓN,
PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO FRENTE A LAS MUJERES Y SUS HIJOS E HIJAS PARA EL EJERCICIO
2025 EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ
La Diputación Provincial de Badajoz se dota de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para complementar,
suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene encomendados dentro del
marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así, este plan estratégico de subvenciones se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar, de esa forma, con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
La Diputación de Badajoz continúa, en esta nueva edición de la convocatoria, apoyando acciones y colectivos a los que ha
venido respaldando en ejercicios anteriores dada su importancia para el tejido social, asociativo, cultural, deportivo y
empresarial de la provincia.
Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y
la sensibilización, prevención y lucha contra la violencia de género frente a las mujeres y sus hijos e hijas, tanto de forma
extensiva como cualitativa. Para dar cumplimiento a este compromiso se realiza esta convocatoria de subvenciones.
Esta acción de fomento se enmarca en las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación con "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1: Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de aquellas asociaciones, federaciones de asociaciones y fundaciones que tengan sede o delegación
permanente en la Provincia de Badajoz destinadas a la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a
promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de
género, limitando la ejecución de las acciones contempladas en el proyecto al ámbito territorial de la provincia de Badajoz.
Dichas entidades deberán estar inscritas en el correspondiente registro, de acuerdo con sus estatutos, de Asociaciones o el
Registro de Fundaciones de la Junta de Extremadura. Igualmente será válida la inscripción en el Registro Nacional de
Asociaciones o Fundaciones.
2.- Todas y cada una de las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria a:
Acompañamiento jurídico a mujeres en riesgo o víctimas de violencia de género, así como a sus familias.
Apoyo psicosocial a mujeres en riesgo o víctimas de violencia de género, así como a sus familias.
Acciones formativas.
Jornadas.
Talleres.
Creación y/o fortalecimiento de redes de mujeres.
Conferencias.
Edición de materiales: Carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas; así como material digital (Web, etc.)
3.- Todas y cada una de estas actuaciones deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos:
1. Ofrecer asistencia, información y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia de género y sus familiares
durante el proceso policial, judicial o administrativo.
2. Ofrecer apoyo psicosocial a las mujeres víctimas para mejorar su bienestar emocional y promover condiciones
sociales adecuadas para hacer frente a la situación.
3. Mejorar las condiciones y facilitar la inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de violencias y/o población
especialmente vulnerable de explotación sexual.
4. Promover la formación y capacitación de los profesionales que intervienen con mujeres víctimas de cualquier
violencia, de la especial situación de vulnerabilidad.
5. Promover la adquisición de habilidades y competencias de las mujeres de todas las edades con el objetivo de tomar
conciencia de las desigualdades y las discriminaciones de género que sufren por el mero hecho de ser mujeres, así
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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«BASES ESPECÍFICAS DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROYECTOS, CON PERSPECTIVA DE GÉNERO,
CUYO OBJETO SEA LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y/O SENSIBILIZACIÓN,
PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO FRENTE A LAS MUJERES Y SUS HIJOS E HIJAS PARA EL EJERCICIO
2025 EN LA PROVINCIA DE BADAJOZ
La Diputación Provincial de Badajoz se dota de un plan estratégico de subvenciones como instrumento para complementar,
suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene encomendados dentro del
marco de competencias conferido a las diputaciones provinciales.
Así, este plan estratégico de subvenciones se concibe con la finalidad de realizar una auténtica planificación estratégica de
las políticas públicas de contenido subvencional, permitiendo contar, de esa forma, con una auténtica herramienta para
conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor eficiencia en la asignación del
gasto público.
La Diputación de Badajoz continúa, en esta nueva edición de la convocatoria, apoyando acciones y colectivos a los que ha
venido respaldando en ejercicios anteriores dada su importancia para el tejido social, asociativo, cultural, deportivo y
empresarial de la provincia.
Es compromiso de la Diputación de Badajoz acometer y fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y
la sensibilización, prevención y lucha contra la violencia de género frente a las mujeres y sus hijos e hijas, tanto de forma
extensiva como cualitativa. Para dar cumplimiento a este compromiso se realiza esta convocatoria de subvenciones.
Esta acción de fomento se enmarca en las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en
relación con "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de
acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Base 1: Objeto y líneas de actuación.
1.- A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general
de subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, de aquellas asociaciones, federaciones de asociaciones y fundaciones que tengan sede o delegación
permanente en la Provincia de Badajoz destinadas a la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a
promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de
género, limitando la ejecución de las acciones contempladas en el proyecto al ámbito territorial de la provincia de Badajoz.
Dichas entidades deberán estar inscritas en el correspondiente registro, de acuerdo con sus estatutos, de Asociaciones o el
Registro de Fundaciones de la Junta de Extremadura. Igualmente será válida la inscripción en el Registro Nacional de
Asociaciones o Fundaciones.
2.- Todas y cada una de las actuaciones objeto de subvención se circunscriben, en esta convocatoria a:
Acompañamiento jurídico a mujeres en riesgo o víctimas de violencia de género, así como a sus familias.
Apoyo psicosocial a mujeres en riesgo o víctimas de violencia de género, así como a sus familias.
Acciones formativas.
Jornadas.
Talleres.
Creación y/o fortalecimiento de redes de mujeres.
Conferencias.
Edición de materiales: Carteles, dípticos, trípticos, manuales, folletos, revistas; así como material digital (Web, etc.)
3.- Todas y cada una de estas actuaciones deben tener necesariamente como fin lograr alguno de los siguientes objetivos:
1. Ofrecer asistencia, información y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia de género y sus familiares
durante el proceso policial, judicial o administrativo.
2. Ofrecer apoyo psicosocial a las mujeres víctimas para mejorar su bienestar emocional y promover condiciones
sociales adecuadas para hacer frente a la situación.
3. Mejorar las condiciones y facilitar la inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de violencias y/o población
especialmente vulnerable de explotación sexual.
4. Promover la formación y capacitación de los profesionales que intervienen con mujeres víctimas de cualquier
violencia, de la especial situación de vulnerabilidad.
5. Promover la adquisición de habilidades y competencias de las mujeres de todas las edades con el objetivo de tomar
conciencia de las desigualdades y las discriminaciones de género que sufren por el mero hecho de ser mujeres, así
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