Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06387/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo

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a. Realizar la actividad y los gastos subvencionados en las condiciones previstas en las bases.
b. Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en que
aquélla se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente autorización sobre el cambio que
resulte necesario realizar en el proyecto propuesto y aprobado.
c. Facilitar el ejercicio de control e inspección de la actividad realizada por parte de la Diputación de Badajoz,
tal y como se recoge en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo
recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración.
d. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Diputación de Badajoz, de sus
obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones por reintegro con la Diputación de Badajoz.
e. Difundir que la actividad ha sido subvencionada por la Diputación de Badajoz. Para ello deberán hacer
constar la colaboración y la imagen corporativa de la Diputación de Badajoz en todo el material documental
(gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto formativo, extremo que acreditarán en el momento
de justificación de la subvención.
f. Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión de otras subvenciones por parte de cualquier otra
institución pública o privada, para las acciones formativas subvencionadas por Diputación.
g. Cualquier otra obligación derivada de lo establecido en estas bases.
Base 14. Justificación de la subvención.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la realización de las actividades
subvencionadas revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada, comprensiva de los documentos y con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación.
La justificación de la subvención otorgada podrá realizarse en cualquier fecha comprendida entre la de finalización de las
actividades subvencionadas y el día 31 de julio de 2025, como fecha máxima.
B. Forma de remisión de la justificación.
El expediente justificativo se presentará a través de la sede electrónica de Diputación, en la dirección electrónica indicada en
la base 8.
Alternativamente, las personas trabajadoras autónomas podrán presentarlo en cualesquiera de los lugares y por los medios
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas e igualmente podrán tramitarlas a través de aquellas oficinas de ubicación de las aplicaciones
informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
C. Justificación técnica.
Se deberá presentar una memoria final firmada por la persona trabajadora autónoma o representante legal de la empresa,
que recoja una descripción de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, incluyendo de forma expresa la relación
de acciones formativas efectivamente realizadas y para cada una de ellas, entre otros aspectos, los siguientes:
- Profesorado que impartió la acción formativa.
- Lugar, fechas y horario en la que se impartió.
- Relación del alumnado seleccionado para la misma.
- Control diario de la asistencia del alumnado a la acción formativa.
- Evaluación, en su caso, de cada alumna/o en la acción formativa.
D. Justificación económica.
D.1.: Importe a justificar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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