Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06387/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo

Anuncio 6387/2024

solicitudes presentadas, otorgándole a cada una de ellas una puntuación de acuerdo con los criterios de valoración
establecidos a continuación en esta base, y la asignación posterior de las subvenciones, con los límites individuales por
acción formativa y empresa establecidos en la base 7, el de la propia cuantía de la subvención solicitada por la empresa y el
del crédito disponible para esta convocatoria, de forma proporcional a las puntuaciones obtenidas.
Cada solicitud recibida se evaluará y valorará hasta un máximo de 25 puntos conforme a los siguientes criterios:

Criterios de valoración

Aspectos a valorar

1 Sinergias en el entorno
territorial

Utilización de recursos locales en los procesos de producción,
distribución o comercialización; importancia del sector para la
comarca o el municipio; potencialidad en la creación de empleo...

2 Aplicación de medidas de
igualdad de género y de
conciliación familiar

Grado de participación de mujeres en la empresa (porcentaje en
plantilla o en las contrataciones temporales); grado de integración
en los puestos de toma de decisiones, técnicos e intermedios de la
empresa; existencia de un plan de igualdad en la empresa o de
unas normativa interna documentada al respecto; normas
internas de conciliación de la vida laboral y familiar de los
trabajadores...

3 Aplicación de medidas de
responsabilidad social
empresarial y de
innovación

Medidas de ahorro energético; medidas de economía circular;
medidas y política de la empresa en materia de prevención de
riesgos laborales y salud de los trabajadores; medidas de
innovación en la organización y la gestión; medidas de innovación
en el sistema de producción y de distribución...

4 Antecedentes y política de
la empresa en materia de
formación

Compromisos de la empresa en la formación de sus trabajadores;
acciones formativas recibidas por los trabajadores en los últimos
años; distribución de la formación entre los distintos colectivos de
la empresa...

5 Interés del plan de
formación propuesto

Coherencia e interés del plan en relación con la actividad de la
empresa o con el desarrollo pretendido de ésta; porcentaje de
trabajadores a los que alcanza las acciones formativas
propuestas...

Puntuación
Hasta 5 puntos

Hasta 5 puntos

Hasta 5 puntos

Hasta 5 puntos
Hasta 5 puntos

A las personas trabajadoras autónomas o empresas que obtengan una puntuación de 25 puntos, o si no existen, las que
obtengan la mayor puntuación, les corresponderá la cuantía máxima de la ayuda, 8.000,00 €, o el importe solicitado, si éste
es inferior, y al resto de las solicitudes se les asignarán unas cuantías proporcionales a las puntuaciones obtenidas, también
limitadas a los importes solicitados en cada caso, y sin superar el crédito disponible para la convocatoria.
No podrán obtener subvención las/os solicitantes que hayan obtenido una puntuación inferior a 5 puntos.
Hecho esto, si resultara un remanente de crédito, se distribuirá entre los solicitantes mediante sucesivas iteraciones, en la
misma forma y con los mismos límites referidos anteriormente, hasta agotar el crédito.
Base 12. Instrucción, Comisión de Valoración y resolución de la convocatoria.
1.- Gestión e instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la delegación de Formación y Capacitación para el Empleo,
que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos a valorar. El órgano instructor del procedimiento será el Director del Área de Formación y Capacitación para el
Empleo.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiaria/o de la subvención y se comprobará la documentación presentada. Las solicitudes se analizarán
una vez sea emitido certificado de Secretaría General comprensivo de las solicitudes presentadas en el plazo establecido en
la base 8.
Examinada la documentación que conforme cada solicitud, el órgano instructor requerirá, en su caso, del solicitante la
subsanación de los defectos u omisiones observados en la misma, conforme a lo establecido en la base 9.
Asimismo, en relación con las personas autónomas o empresas que no han aportado los certificados de estar al corriente de
sus obligaciones frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y nos han solicitado o no se han opuesto a ello, se
recabará de los aplicativos correspondientes de la AEAT y Seguridad Social tales certificados, así como, en relación con
toda/os la/os solicitantes se comprobará que no tienen deudas en periodo ejecutivo con la Diputación Provincial.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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