Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06387/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 6387/2024
3 años.
Base 7. Subvención y cuantías.
La ayuda consistirá en una asignación a fondo perdido de hasta 8.000,00 € de aportación de Diputación por persona
trabajadora autónoma o empresa, asociada a la realización y justificación de un proyecto de gastos subvencionables de
importe mínimo 1,25 veces superior a la subvención concedida. La diferencia se financiará bien con fondos propios del
solicitante, bien con otras posibles ayudas recibidas de otras administraciones para la realización de las mismas acciones
formativas, pero teniendo en cuenta en este último caso lo recogido en la base 5 en el sentido de que la suma de los
distintos tipos de ayudas no pueden superar el valor de mercado de esas acciones.
Dicho proyecto de gastos será el plan formativo que proponga y presupueste el solicitante en los anexos IV y V,
respectivamente, una vez deducidos los conceptos de gastos que, en su caso, no sean subvencionables en esta línea de
ayudas.
Para cada acción formativa, el importe máximo del gasto subvencionable por alumna/o y hora de formación no superará los
20,00 €, ni los 150,00 € por hora de formación, excluido IVA en ambos casos.
Base 8. Solicitudes y documentación.
El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se dirigirán, acompañadas del resto de la documentación requerida
en estas bases, al Presidente de la Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la
dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital, mediante los siguientes pasos:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder al apartado de "Ciudadanos y empresas".
3. En trámites por delegaciones seleccionar delegación de Formación y Capacitación para el Empleo.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas
para la mejora de la capacitación profesional de sus trabajadores/as, convocatoria de 2024.
5. Identificarse con el certificado digital.
6. Cumplimentar los datos correspondientes al solicitante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de subvención de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados por el solicitante, se considerarán
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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3 años.
Base 7. Subvención y cuantías.
La ayuda consistirá en una asignación a fondo perdido de hasta 8.000,00 € de aportación de Diputación por persona
trabajadora autónoma o empresa, asociada a la realización y justificación de un proyecto de gastos subvencionables de
importe mínimo 1,25 veces superior a la subvención concedida. La diferencia se financiará bien con fondos propios del
solicitante, bien con otras posibles ayudas recibidas de otras administraciones para la realización de las mismas acciones
formativas, pero teniendo en cuenta en este último caso lo recogido en la base 5 en el sentido de que la suma de los
distintos tipos de ayudas no pueden superar el valor de mercado de esas acciones.
Dicho proyecto de gastos será el plan formativo que proponga y presupueste el solicitante en los anexos IV y V,
respectivamente, una vez deducidos los conceptos de gastos que, en su caso, no sean subvencionables en esta línea de
ayudas.
Para cada acción formativa, el importe máximo del gasto subvencionable por alumna/o y hora de formación no superará los
20,00 €, ni los 150,00 € por hora de formación, excluido IVA en ambos casos.
Base 8. Solicitudes y documentación.
El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se dirigirán, acompañadas del resto de la documentación requerida
en estas bases, al Presidente de la Diputación de Badajoz.
Las solicitudes se tramitarán a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la
dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza
reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital, mediante los siguientes pasos:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder al apartado de "Ciudadanos y empresas".
3. En trámites por delegaciones seleccionar delegación de Formación y Capacitación para el Empleo.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas
para la mejora de la capacitación profesional de sus trabajadores/as, convocatoria de 2024.
5. Identificarse con el certificado digital.
6. Cumplimentar los datos correspondientes al solicitante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de subvención de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados por el solicitante, se considerarán
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