Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06333/2024)
Extracto de subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo

Anuncio 6333/2024

acción formativa y empresa establecidos en la base 7, el de la propia cuantía de la subvención solicitada por la empresa y el
del crédito disponible para esta convocatoria, de forma proporcional a las puntuaciones obtenidas.
Cada solicitud recibida se evaluará y valorará hasta un máximo de 25 puntos conforme a los siguientes criterios:

Criterios de valoración

Aspectos a valorar

Puntuación

1 Sinergias en el entorno
territorial

Utilización de recursos locales en los procesos de producción,
distribución o comercialización; importancia del sector para la
comarca o el municipio; potencialidad en la creación de empleo...

Hasta 5 puntos

2 Aplicación de medidas de
igualdad de género y de
conciliación familiar

Grado de participación de mujeres en la empresa (porcentaje en
plantilla o en las contrataciones temporales); grado de integración
en los puestos de toma de decisiones, técnicos e intermedios de la
empresa; existencia de un plan de igualdad en la empresa o de
unas normativa interna documentada al respecto; normas
internas de conciliación de la vida laboral y familiar de los
trabajadores...

Hasta 5 puntos

3 Aplicación de medidas de
responsabilidad social
empresarial y de
innovación

Medidas de ahorro energético; medidas de economía circular;
medidas y política de la empresa en materia de prevención de
riesgos laborales y salud de los trabajadores; medidas de
innovación en la organización y la gestión; medidas de innovación
en el sistema de producción y de distribución...

Hasta 5 puntos

4 Antecedentes y política de
la empresa en materia de
formación

Compromisos de la empresa en la formación de sus trabajadores;
acciones formativas recibidas por los trabajadores en los últimos
años; distribución de la formación entre los distintos colectivos de
la empresa...

Hasta 5 puntos

5 Interés del plan de
formación propuesto.

Coherencia e interés del plan en relación con la actividad de la
empresa o con el desarrollo pretendido de esta; porcentaje de
trabajadores a los que alcanza las acciones formativas
propuestas...

Hasta 5 puntos

A las personas trabajadoras autónomas o empresas que obtengan una puntuación de 25 puntos, o si no existen, las que
obtengan la mayor puntuación, les corresponderá la cuantía máxima de la ayuda, 8.000,00 euros, o el importe solicitado, si
este es inferior, y al resto de las solicitudes se les asignarán unas cuantías proporcionales a las puntuaciones obtenidas,
también limitadas a los importes solicitados en cada caso, y sin superar el crédito disponible para la convocatoria.
No podrán obtener subvención las/os solicitantes que hayan obtenido una puntuación inferior a 5 puntos.
Hecho esto, si resultara un remanente de crédito, se distribuirá entre los solicitantes mediante sucesivas iteraciones, en la
misma forma y con los mismos límites referidos anteriormente, hasta agotar el crédito.
Séptimo: Pago de las subvenciones.
La subvención se hará efectiva en un único pago, previa la justificación por el/la beneficiario/a de la finalización del plan
formativo subvencionado, dentro del plazo y en los términos previstos en estas bases.
Octavo.- Justificación de las subvenciones.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la realización de las actividades
subvencionadas revestirá la forma de cuenta justificativa simplificada, comprensiva de los documentos y con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación.
La justificación de la subvención otorgada podrá realizarse en cualquier fecha comprendida entre la de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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