Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Área de Igualdad (Badajoz). (06216/2024)
Bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Tesorería-Técnico Medio, por interinidad, por el sistema de oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Berlanga
Anuncio 6216/2024
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en la dirección del
Ayuntamiento de Berlanga.
Los acuerdos del Tribunal solo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Los miembros del Tribunal y los asesores especialistas deberán abstenerse de formar parte del mismo, o
podrán ser recusados, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.- Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
El sistema de selección será el de oposición.
Las referencias que en el anexo se contienen respecto de la normativa que expresamente se cita se
considerarán referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya siempre que se encuentre vigente
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
mujeres y hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, se hará excepción en el
llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los 5 días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico
que lo demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la suspensión de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo
caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos
que permitan conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento
durante la realización de los ejercicios.
El Tribunal salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad de los opositores.
Los ejercicios que serán 2, serán obligatorios y eliminatorios. La puntuación máxima será de 20 puntos. La
puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones
otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y
mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos. En el supuesto de que haya más
de 2 notas emitidas que se diferencien en 2 o más puntos, solo se eliminará una de ellas, de las máximas y
otra de las mínimas, si fuera el caso.
Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será eliminatorio, (de tal manera que para poder realizar el
segundo ejercicio será obligatorio superar el primero) serán calificados separada e independientemente hasta
un máximo de diez puntos (10,00), quedando eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5
puntos (5,00) en cada uno de ellos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ayuntamiento de Berlanga.
Los acuerdos del Tribunal solo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones
planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Los miembros del Tribunal y los asesores especialistas deberán abstenerse de formar parte del mismo, o
podrán ser recusados, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.- Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
El sistema de selección será el de oposición.
Las referencias que en el anexo se contienen respecto de la normativa que expresamente se cita se
considerarán referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya siempre que se encuentre vigente
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
mujeres y hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, se hará excepción en el
llamamiento único por la coincidencia de hospitalización a causa de embarazo de riesgo o parto,
debidamente acreditada, que deberá ser comunicada al Tribunal con suficiente antelación, en todo caso,
dentro del plazo de los 5 días hábiles posteriores a la realización de la prueba, adjuntando informe médico
que lo demuestre, de modo que sea valorada y la persona pueda ser convocada con posterioridad.
La situación de la aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha causa y a la suspensión de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo
caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas situaciones.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos
que permitan conocer la identidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento
durante la realización de los ejercicios.
El Tribunal salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad de los opositores.
Los ejercicios que serán 2, serán obligatorios y eliminatorios. La puntuación máxima será de 20 puntos. La
puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones
otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y
mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos. En el supuesto de que haya más
de 2 notas emitidas que se diferencien en 2 o más puntos, solo se eliminará una de ellas, de las máximas y
otra de las mínimas, si fuera el caso.
Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será eliminatorio, (de tal manera que para poder realizar el
segundo ejercicio será obligatorio superar el primero) serán calificados separada e independientemente hasta
un máximo de diez puntos (10,00), quedando eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5
puntos (5,00) en cada uno de ellos.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
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