Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05961/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al turismo termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2025
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 5961/2024

HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas con convocatoria, reguladoras de las subvenciones de la Diputación
de Badajoz para el Programa de turismo termal 2025, así como sus anexos, cuyos textos forman parte
inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos electrónicos que se relacionan para posibilitar su remisión
por vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
1. Solicitud de plaza en el Programa de turismo termal 2025 (anexo I).
2. Remisión electrónica de documentación para la subsanación de solicitud de subvención
destinada al Programa de turismo termal 2025 (anexo III).
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria. La concesión de las
subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la
resolución de concesión.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimende concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su
tramitación anticipada conforme a lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer
recurso de reposición ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1
de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de
que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente P.D. El Diputado Delegado del Área de Desarrollo Rural, Reto
Demográfico y Turismo (Decreto 10/04/2024, BOP 11/04/2024), Juan María Delfa Cupido.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la administración Local con habilitación de carácter
nacional.
BASES REGULADORAS
Base 1. Objeto.
1. Las presentes bases tienen como objeto la regulación de la concesión de subvenciones en especie en el
marco del Programa de turismo termal de la Diputación de Badajoz para su desarrollo en establecimientos
termales de su provincia durante el año 2025.
2. La concesión de estas subvenciones facilita el acceso de los ciudadanos, en las condiciones establecidas en
estas bases, a los servicios de tratamientos termales que presten los establecimientos acogidos al mismo en
la provincia de Badajoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 15