Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05961/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al turismo termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2025
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5961/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
Anuncio 5961/2024
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al turismo termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio
2025
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE TURISMO
TERMAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2025
Decreto. En Badajoz, a fecha firma electrónica.
El Plan estratégico de subvenciones que anualmente aprueba la Diputación de Badajoz, contempla entre sus objetivos
estratégicos la eliminación de las desigualdades para ofrecer las mismas oportunidades a todos los ciudadanos de la
provincia, tratando de asegurar el acceso de la ciudadanía a los servicios, la prestación integral de las atenciones, la igualdad
de hombres y mujeres, y la promoción e inserción social, así como la promoción del turismo, como reflejo de su peso
creciente en la economía provincial y de cada uno de sus municipios, respaldando el desarrollo de actividades de atracción
de visitantes, la mejora de la imagen de la provincia y sus municipios y la información sobre los valores de los ciudadanos,
tratando de coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
En esta línea, la Diputación de Badajoz vincula su Plan estratégico de subvenciones a la Agenda 2030, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015, y a la consecución de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), y en particular el ODS 8 "trabajo decente y crecimiento económico".
Para la consecución de estos objetivos, la Diputación de Badajoz ha venido manteniendo un programa de fomento del
turismo termal. El Programa de turismo termal de la Diputación de Badajoz contempla tres perspectivas diferentes. En
primer lugar, el fomento de la salud y la adecuada utilización del ocio como objetivo al que pueden contribuir todos los
poderes públicos a través de acciones concretas. También es un objetivo básico de este Programa la promoción y el
fomento del turismo en los establecimientos termales y en sus respectivos municipios, así como en zonas circundantes.
Como consecuencia de ello, y dado el impulso a la actividad económica de los establecimientos participantes, el
mantenimiento y la creación de empleo en los mismos, y por ende el fomento del desarrollo social y económico en la
provincia de Badajoz.
Para el establecimiento efectivo de estas subvenciones se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión,
conjunta o previamente a la convocatoria, con arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones
de la Diputación de Badajoz. Considerando la competencia propia de la Diputación, en virtud del artículo 36.1 d) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual, es competencia de esta, "la cooperación
en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las
competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Así pues, se ha previsto este programa de ayudas con el objeto de incentivar el consumo en los establecimientos de turismo
termal, así como de contribuir a la mejora de la calidad de vida y la mejora de la salud de nuestros ciudadanos, la
adecuación de la actividad de los balnearios a la nueva realidad, así como al estímulo y a la revitalización de la actividad
turística en la provincia que facilite la subsistencia del sector, seriamente dañado tras la crisis sanitaria.
Así mismo, con objeto de acompasar lo máximo posible la concesión de las subvenciones al inicio del periodo de ejecución
de los proyectos, se opta por la tramitación anticipada del expediente, regulada en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Vista la propuesta de la Dirección del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo sobre la aprobación de unas
bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2025,
destinadas al programa de turismo termal, que constituyan la normativa específica por la que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro
electrónico de la Diputación de Badajoz (BOP número 9, de 15 de enero de 2021).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 15
Anuncio 5961/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Badajoz
Anuncio 5961/2024
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al turismo termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio
2025
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA DE TURISMO
TERMAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2025
Decreto. En Badajoz, a fecha firma electrónica.
El Plan estratégico de subvenciones que anualmente aprueba la Diputación de Badajoz, contempla entre sus objetivos
estratégicos la eliminación de las desigualdades para ofrecer las mismas oportunidades a todos los ciudadanos de la
provincia, tratando de asegurar el acceso de la ciudadanía a los servicios, la prestación integral de las atenciones, la igualdad
de hombres y mujeres, y la promoción e inserción social, así como la promoción del turismo, como reflejo de su peso
creciente en la economía provincial y de cada uno de sus municipios, respaldando el desarrollo de actividades de atracción
de visitantes, la mejora de la imagen de la provincia y sus municipios y la información sobre los valores de los ciudadanos,
tratando de coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
En esta línea, la Diputación de Badajoz vincula su Plan estratégico de subvenciones a la Agenda 2030, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2015, y a la consecución de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), y en particular el ODS 8 "trabajo decente y crecimiento económico".
Para la consecución de estos objetivos, la Diputación de Badajoz ha venido manteniendo un programa de fomento del
turismo termal. El Programa de turismo termal de la Diputación de Badajoz contempla tres perspectivas diferentes. En
primer lugar, el fomento de la salud y la adecuada utilización del ocio como objetivo al que pueden contribuir todos los
poderes públicos a través de acciones concretas. También es un objetivo básico de este Programa la promoción y el
fomento del turismo en los establecimientos termales y en sus respectivos municipios, así como en zonas circundantes.
Como consecuencia de ello, y dado el impulso a la actividad económica de los establecimientos participantes, el
mantenimiento y la creación de empleo en los mismos, y por ende el fomento del desarrollo social y económico en la
provincia de Badajoz.
Para el establecimiento efectivo de estas subvenciones se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión,
conjunta o previamente a la convocatoria, con arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones
de la Diputación de Badajoz. Considerando la competencia propia de la Diputación, en virtud del artículo 36.1 d) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al cual, es competencia de esta, "la cooperación
en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las
competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Así pues, se ha previsto este programa de ayudas con el objeto de incentivar el consumo en los establecimientos de turismo
termal, así como de contribuir a la mejora de la calidad de vida y la mejora de la salud de nuestros ciudadanos, la
adecuación de la actividad de los balnearios a la nueva realidad, así como al estímulo y a la revitalización de la actividad
turística en la provincia que facilite la subsistencia del sector, seriamente dañado tras la crisis sanitaria.
Así mismo, con objeto de acompasar lo máximo posible la concesión de las subvenciones al inicio del periodo de ejecución
de los proyectos, se opta por la tramitación anticipada del expediente, regulada en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Vista la propuesta de la Dirección del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo sobre la aprobación de unas
bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz para el ejercicio 2025,
destinadas al programa de turismo termal, que constituyan la normativa específica por la que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro
electrónico de la Diputación de Badajoz (BOP número 9, de 15 de enero de 2021).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 15