Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05975/2024)
Extracto de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos para la financiación de programas de salud mental 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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Anuncio 5975/2024

el diagnóstico social o aproximación diagnóstica del programa, con los objetivos que se pretenden conseguir y con
las necesidades del colectivo o colectivos destinatarios y, además, se incluye cronograma. 5 puntos.
- Las actuaciones del programa se describen de forma clara, su temporalización es coherente y guardan relación con
el diagnóstico social o aproximación diagnóstica del programa, con los objetivos que se pretenden conseguir y con
las necesidades del colectivo o colectivos destinatarios sin incluir cronograma. 2,5 puntos.
Que exista coherencia entre la justificación de la acción, los objetivos trazados y las actividades propuestas. 2,5
puntos.
Calidad técnica del proyecto y contribución del mismo a la consecución de los objetivos dentro de cada línea de
actuación. 5 puntos.
Presupuesto detallado y acorde con los objetivos y actividades descritas. Hasta 5 puntos de acuerdo con el siguiente
reparto:
- El presupuesto está distribuido claramente por actividades, partidas, conceptos, cuantías y entidad financiadora. 3
puntos.
Existe proporcionalidad en las partidas presupuestarias y uso racional de recursos. 2 puntos.
Participantes: Hasta 5 puntos.
- Identificación del colectivo al que va dirigido el proyecto, correspondiéndose con alguno de los que son objeto de la
presente convocatoria, y estimación de participantes: 2,5 puntos.
- Definición de los criterios de selección de las personas que participan en el proyecto: 2,5 puntos.
Proyectos que incidan en el entorno familiar de los/as beneficiarios/as del mismo. Hasta 5 puntos con el siguiente
reparto:
- Directamente con actuaciones específicas para las familias ……… 5 puntos.
- Indirectamente ………….. 2,5 puntos.
Personal dedicado al proyecto: número de profesionales dedicados al proyecto. Hasta un máximo de 10 puntos.
- De 1 a 2 profesionales: .………… 5 puntos.
- De 3 a 5 profesionales: ……………….. 7 puntos.
- Más de 5 profesionales: ……………..10 puntos.
Este criterio se puntuará siempre y cuando venga detallado con claridad en el anexo correspondiente a la descripción
del proyecto.
Formación especializada (psiquiatría, psicología, trabajo social, educación social, sanitarios…): Hasta 5 puntos.
- Acreditar al menos 100 horas de formación especializada por parte de los profesionales encargados/as de ejecutar
la/s actividad/es del proyecto (Educadores/as Sociales, Psicólogos/as, Trabajadores/as Sociales, Trabajadores/as
Socio-Sanitarios/as): 2,5 puntos.
- Acreditar docencia impartida de al menos 100 horas en talleres/actividades de promoción de bienestar y salud
mental en cada uno de los ámbitos de las líneas de actuación: 2.5 puntos.
Este criterio se puntuará siempre y cuando venga detallado con claridad en el anexo correspondiente a la descripción
del proyecto y acreditado mediante documentación que justifique dicha formación y docencia.

La puntuación mínima total para que un proyecto sea financiado será de 50 puntos, debiéndose alcanzar, al menos, 25
puntos en cada uno de los bloques A y B anteriores. La puntuación máxima total será de 100 puntos.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 3), hayan obtenido una
puntuación igual o superior a 50 puntos conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
Determinación de la cuantía individualizada de la subvención.
Para la determinación de la cuantía individualizada por beneficiario para el programa I se aplicará lo siguiente:
1.º- Proyectos con puntuación superior a 90 puntos. La cuantía de la subvención coincidirá con la cantidad
solicitada por el beneficiario, respetando el límite establecido en la base 5 anterior (100.000,00 euros). Este
criterio se aplicará por orden de puntuación del proyecto hasta agotar el importe máximo de la convocatoria,
en su caso. En caso de empate se aplicará desempate según la puntuación de los proyectos siguiendo el
orden en el que aparecen redactados los criterios de valoración anteriores.
2.º- Resto de proyectos subvencionables. El crédito restante de la convocatoria una vez aplicado el punto
anterior, en su caso, se distribuirá entre el resto de proyectos subvencionables conforme a la siguiente
fórmula de reparto:
Cuantía subvención = crédito a repartir * % reparto proporcional
Donde:
% Reparto proporcional = cuantía solicitada * puntos obtenidos / ∑ (cuantía solicitada * puntos
obtenidos) * 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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