Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05975/2024)
Extracto de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos para la financiación de programas de salud mental 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
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documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Anexo I: Solicitud generada telemáticamente por sede electrónica, firmada por el/la representante legal de la
entidad.
2. Anexo II: Declaración responsable del representante de la entidad solicitante.
3. NIF de la entidad.
4. Estatutos de la entidad vigentes en el momento de presentación de la solicitud.
5. Documento que acredite la representación legal de la persona firmante de la solicitud.
6. Anexo III: Formulario de identificación del proyecto, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto, total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para el proyecto objeto de esta solicitud. Para la cumplimentación de este anexo se atenderá a la relación de gastos
subvencionables que figuran en la base 5 de esta convocatoria.
7. Certificado actualizado de tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, en caso de no venir
expresamente reflejado en sus estatutos.
8. Certificado oficial acreditativo de inscripción en alguno de los registros indicados en la base 3.
9. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma
directa la información del registro correspondiente de la Junta de Extremadura, por tanto, la aportación por el
interesado de dicho certificado solo será necesaria en caso de que la entidad figure inscrita en un registro nacional.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
10. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda estatal y con
la Seguridad Social, en el caso en que la entidad interesada deniegue expresamente su consentimiento para que el
órgano gestor recabe los mismos y así se haya hecho constar en el anexo I. En ausencia de oposición expresa por
parte de la entidad interesada, se recabará por Diputación de Badajoz dichos datos o documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros
sistemas electrónicos habilitados al efecto.
11. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el registro de terceros de la Diputación o que, estando
inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado registro, deberán presentar modelo de alta a
terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica en la "Delegación de
Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio" en el trámite "Solicitud de alta de tercero".
Además de la documentación anterior en el caso de solicitar subvención para el programa II deberá acompañar:
Contrato de arrendamiento y/o cesión en vigor de las viviendas donde se desarrolla el proyecto.
Acreditación documental de la situación de dependencia de usuarios del programa por el Servicio Extremeño de
Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las entidades interesadas, salvo
que conste su oposición expresa, tampoco deberán adjuntar a su solicitud los documentos ya aportados con anterioridad a
cualquier administración pública, bastando con que se indique en el apartado destinado al efecto en el anexo I.
En cualquier caso, si no fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su aportación al interesado.
Todos los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones Web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos que la solicitud o documentación presentada no reúna los requisitos
exigidos, se requerirá la entidad interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, según
dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Quinto.- Pago de la subvención.
Por la propia naturaleza de los proyectos y la imposibilidad de las asociaciones sin fines de lucro de realizar las actividades
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de las bases de esta
convocatoria por parte del solicitante, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Anexo I: Solicitud generada telemáticamente por sede electrónica, firmada por el/la representante legal de la
entidad.
2. Anexo II: Declaración responsable del representante de la entidad solicitante.
3. NIF de la entidad.
4. Estatutos de la entidad vigentes en el momento de presentación de la solicitud.
5. Documento que acredite la representación legal de la persona firmante de la solicitud.
6. Anexo III: Formulario de identificación del proyecto, incluidos objetivos, resultados, actividades, cronograma,
presupuesto, total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para el proyecto objeto de esta solicitud. Para la cumplimentación de este anexo se atenderá a la relación de gastos
subvencionables que figuran en la base 5 de esta convocatoria.
7. Certificado actualizado de tener sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, en caso de no venir
expresamente reflejado en sus estatutos.
8. Certificado oficial acreditativo de inscripción en alguno de los registros indicados en la base 3.
9. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma
directa la información del registro correspondiente de la Junta de Extremadura, por tanto, la aportación por el
interesado de dicho certificado solo será necesaria en caso de que la entidad figure inscrita en un registro nacional.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
10. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda estatal y con
la Seguridad Social, en el caso en que la entidad interesada deniegue expresamente su consentimiento para que el
órgano gestor recabe los mismos y así se haya hecho constar en el anexo I. En ausencia de oposición expresa por
parte de la entidad interesada, se recabará por Diputación de Badajoz dichos datos o documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros
sistemas electrónicos habilitados al efecto.
11. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el registro de terceros de la Diputación o que, estando
inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado registro, deberán presentar modelo de alta a
terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica en la "Delegación de
Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio" en el trámite "Solicitud de alta de tercero".
Además de la documentación anterior en el caso de solicitar subvención para el programa II deberá acompañar:
Contrato de arrendamiento y/o cesión en vigor de las viviendas donde se desarrolla el proyecto.
Acreditación documental de la situación de dependencia de usuarios del programa por el Servicio Extremeño de
Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las entidades interesadas, salvo
que conste su oposición expresa, tampoco deberán adjuntar a su solicitud los documentos ya aportados con anterioridad a
cualquier administración pública, bastando con que se indique en el apartado destinado al efecto en el anexo I.
En cualquier caso, si no fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su aportación al interesado.
Todos los anexos se podrán descargar en las siguientes direcciones Web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos que la solicitud o documentación presentada no reúna los requisitos
exigidos, se requerirá la entidad interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, según
dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Quinto.- Pago de la subvención.
Por la propia naturaleza de los proyectos y la imposibilidad de las asociaciones sin fines de lucro de realizar las actividades
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