Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05975/2024)
Extracto de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen proyectos para la financiación de programas de salud mental 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 5975/2024

Las entidades solicitantes del programa II deben acreditar además de los requisitos anteriores los siguientes:
1. Experiencia comprobada en la gestión de viviendas basadas en modelos de inclusión social comunitaria.
Las asociaciones deberán estar desarrollando y gestionando, en el momento de publicación de la convocatoria, viviendas en
comunidad para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo mayoritariamente con grandes necesidades de
apoyo debido a condiciones de salud mental asociadas y/o problemas graves de conducta, con un mínimo de dos años de
experiencia de estos servicios. Esta experiencia debe demostrar un modelo de apoyo centrado en la persona, comprometido
con la desinstitucionalización y orientado a la creación de un entorno de vida inclusivo y comunitario para la persona.
2. Experiencia en el modelo de gestión de las viviendas basada en un enfoque centrado en la persona y de
participación comunitaria.
La entidad debe evidenciar:
2.1 Metodología centrada en la persona y de participación comunitaria: La entidad debe acreditar experiencia
en la metodología de atención centrada en la persona, basado en la personalización de apoyos a través de
planes de vida individualizados, que prioricen las elecciones y preferencias de la PDID. Los planes de vida
personalizados deben ser concretados junto con las PDID de las viviendas y su red de apoyo familiar y
comunitario, garantizando así una perspectiva integral de cada individuo.
2.2 Personalización de los entornos de vida: Se valorará que la entidad haya desplegado en las viviendas
tecnología centrada en la persona, así como la adaptación de espacios y entornos en la vivienda y en la
comunidad a las necesidades de las personas, facilitando su inclusión y bienestar en su hogar y en la
comunidad.
3. Experiencia en metodologías de desarrollo comunitario.
La entidad debe evidenciar:
3.1.1 La colaboración y creación de alianzas con actores locales, redes de apoyo y servicios de proximidad
para garantizar que los planes de vida de las PDID se implementen en el territorio y aseguran vínculos sólidos
que contribuyan a la inclusión y bienestar de la persona.
3.1.2 La participación o desarrollo de espacios de cocreación y mesas comunitarias que contribuyan a la
inclusión de personas con discapacidad, así como de otros colectivos vulnerables en la vida pública.
4. Experiencia en un modelo de gestión, acompañamiento y capacitación de equipos de apoyo basado en el
liderazgo en la práctica.
La entidad debe evidenciar, que la gestión del personal y de los servicios de vivienda:
Promueva un liderazgo en la práctica que guíe y acompañe a los profesionales de apoyo en el desarrollo de
competencias centradas en la persona, orientadas a la promoción de la autonomía y autodeterminación de las PDID.
Ofrezca formación continua y supervisión a los profesionales de apoyo, facilitando un entorno de mejora continua y
buenas prácticas en el apoyo y la gestión de servicios inclusivos.
5. Alineación de la entidad hacia el modelo de cuidados de larga duración.
La entidad debe evidenciar que su proyecto se alinea con la estrategia estatal para un nuevo modelo de cuidados en la
comunidad (2024-2030), del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 priorizando la desinstitucionalización
y prevención la institucionalización.
5.1 Planificación estratégica: La entidad debe contar con un plan de acción o estratégico alineado con la
estrategia estatal de cuidados de larga duración (2024-2030) del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda
2030, con acciones para su despliegue progresivo en la comunidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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