Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05885/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5885/2024
- Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con la subvención de Diputación, incluyendo tipo de
gasto, proveedor, número de factura e importe total de la factura.
2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntará:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados solo con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el
mismo número de orden que constan en las relaciones clasificadas de gastos de la
cuenta justificativa, serán presentados en formato digital, y no requerirán compulsa ni
estampillado. En cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la
persona beneficiaria, donde quede constancia de su firma, presupondrá la originalidad
de los documentos presentados.
Para el caso de honorarios por servicios prestados por profesionales, se podrán admitir
como justificantes de gasto recibos emitidos por estos, siempre que en la
documentación justificativa se incluya acreditación de que los receptores de tales pagos
no están sujetos a la obligación de emitir facturas, aclarando cual es la obligatoriedad
que presentan estos profesionales por esos servicios según la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, así como a
la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Justificantes del pago efectivo de los gastos, que se realizará mediante cualquier
documento con validez jurídica en el ámbito mercantil. Para el caso de aportar copias de
cheques bancarios estos deberán adjuntar el extracto bancario justificativo de que los
mismos han sido cobrados. No se admitirán pagos en metálico.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo
número de orden que el documento justificativo del gasto correspondiente.
En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero
de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de
la Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes
de reintegro, en su caso.
E. Formato. La memoria, las facturas y los documentos justificativos, así como la cuenta justificativa se
presentarán a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, sin
perjuicio que los documentos originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se
pueda realizar por el órgano concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del
plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (15 días) si lo
considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta
solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su
concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
La solicitud de esta ampliación se realizará mediante el trámite que se encuentra disponible en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz https://sede.dip-badajoz.es:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
3. Seleccionar el trámite solicitud de ampliación de plazo de ejecución y/o de justificación de
subvención de convocatorias de concurrencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con la subvención de Diputación, incluyendo tipo de
gasto, proveedor, número de factura e importe total de la factura.
2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntará:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados solo con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el
mismo número de orden que constan en las relaciones clasificadas de gastos de la
cuenta justificativa, serán presentados en formato digital, y no requerirán compulsa ni
estampillado. En cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la
persona beneficiaria, donde quede constancia de su firma, presupondrá la originalidad
de los documentos presentados.
Para el caso de honorarios por servicios prestados por profesionales, se podrán admitir
como justificantes de gasto recibos emitidos por estos, siempre que en la
documentación justificativa se incluya acreditación de que los receptores de tales pagos
no están sujetos a la obligación de emitir facturas, aclarando cual es la obligatoriedad
que presentan estos profesionales por esos servicios según la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, así como a
la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Justificantes del pago efectivo de los gastos, que se realizará mediante cualquier
documento con validez jurídica en el ámbito mercantil. Para el caso de aportar copias de
cheques bancarios estos deberán adjuntar el extracto bancario justificativo de que los
mismos han sido cobrados. No se admitirán pagos en metálico.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo
número de orden que el documento justificativo del gasto correspondiente.
En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero
de las subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de
la Ley de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes
de reintegro, en su caso.
E. Formato. La memoria, las facturas y los documentos justificativos, así como la cuenta justificativa se
presentarán a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, sin
perjuicio que los documentos originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se
pueda realizar por el órgano concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
justificación, el beneficiario deberá solicitar una autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las
circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La Diputación podrá conceder una ampliación del
plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la justificación (15 días) si lo
considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre que esta
solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su
concesión no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
La solicitud de esta ampliación se realizará mediante el trámite que se encuentra disponible en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz https://sede.dip-badajoz.es:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
3. Seleccionar el trámite solicitud de ampliación de plazo de ejecución y/o de justificación de
subvención de convocatorias de concurrencia.
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