Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05885/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
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otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2026. No obstante la justificación podrá
presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la concesión, hasta el 31 de enero de 2026.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá exclusivamente a través de la
sede electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en la dirección web https://sede.dip-badajoz.es, y
conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico
en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La remisión de la justificación se realizará mediante el trámite "Remisión de justificación de subvención
destinada a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025" y deberá acompañarse de los
documentos de justificación adicionales que sean necesarios.
El anexo IV de cuenta justificativa debe presentarse en modelo normalizado. Puede descargarse en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria de la actividad deportiva realizada y los resultados obtenidos.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización de la
actividad, destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado e) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través
de las diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas
Web, entrevistas que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros
similares donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen
corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en la memoria que
aporten con la justificación.
Si el beneficiario quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías,
vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica
solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la
plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión a la actividad subvencionada de otras
subvenciones por parte de cualquier otra institución pública o privada.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión. No obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además
de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos,
deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar.
1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo IV), debidamente cumplimentado que contendrá:
- Datos del beneficiario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2026. No obstante la justificación podrá
presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la concesión, hasta el 31 de enero de 2026.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá exclusivamente a través de la
sede electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en la dirección web https://sede.dip-badajoz.es, y
conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico
en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La remisión de la justificación se realizará mediante el trámite "Remisión de justificación de subvención
destinada a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025" y deberá acompañarse de los
documentos de justificación adicionales que sean necesarios.
El anexo IV de cuenta justificativa debe presentarse en modelo normalizado. Puede descargarse en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria de la actividad deportiva realizada y los resultados obtenidos.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización de la
actividad, destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado e) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través
de las diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas
Web, entrevistas que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros
similares donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen
corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en la memoria que
aporten con la justificación.
Si el beneficiario quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías,
vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica
solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la
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No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión a la actividad subvencionada de otras
subvenciones por parte de cualquier otra institución pública o privada.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión. No obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además
de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos,
deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
D.2.- Documentación a aportar.
1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo IV), debidamente cumplimentado que contendrá:
- Datos del beneficiario.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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