Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05962/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la reactivación de la economía local 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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4. Seleccionar el trámite, remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvención
destinada a ayuntamientos y entidades locales menores para la reactivación de la economía local. Año 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Adjuntar los documentos indicados en el requerimiento de subsanación de la solicitud.
8. Verificar los datos del interesado y representante, y los documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
En caso de que se requiera la subsanación o presentación de alguno de los anexos de las bases, estos deberán ser los
correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
Base 5. Actividades y gastos subvencionables.
5.1. Actividades subvencionables.
Elaboración y ejecución de planes o estudios de apoyo la economía local.
Creación y/o dinamización de asociaciones de comerciantes, hosteleros, etc. así como la creación de órganos de
participación municipales.
Realización de procesos participativos, para encontrar soluciones y medidas destinadas a promover la reactivación y
recuperación económica del municipio.
Campañas de promoción de la actividad económica y de colaboración entre las empresas de la localidad.
Fomento del comercio electrónico, pudiendo incluir actividades formativas con este fin, así como mejora de
plataformas o sitios Web de desarrollo del comercio local on line.
Cualquier otra actuación que contribuya a la finalidad prevista en la base primera de esta convocatoria.
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria:
a. Actividades que se hayan acogido a cualquier otra subvención de esta Diputación Provincial o de su Sector
Público Institucional o para cuyo fomento se hubiera previsto la concesión de una subvención nominativa por
parte de la misma.
b. Actividades cuyo objeto sea exclusivamente materia propia de otras delegaciones, tales como, cultura,
juventud, deporte, bienestar social, entre otras.
c. Actividades de carácter docente previstas en los planes de enseñanza reglada vigentes.
d. Adquisiciones de equipamientos para instalaciones o servicios municipales.
5.2. Gastos subvencionables:
1. Gastos relacionados con la preparación, dinamización y desarrollo de sesiones y encuentros con los
destinatarios de las actuaciones, que deberán tener lugar en la provincia de Badajoz. Se contemplan gastos
tales como alquiler de salas y equipos audiovisuales, gastos diversos relacionados con la preparación,
dinamización, material de oficina, comunicaciones.
2. Elaboración de documentación, tanto preparatoria como derivada de las acciones. Contempla entre otros,
la grabación de datos, servicios de documentación e información, publicaciones, dónde se incluye elaboración
de memorias, DVD, etc.
3. Plan de comunicación y sensibilización, así como soportes comunicativos, entre otros, gastos de publicidad,
cartelería y documentación, envíos masivos, edición de vídeos, DVD, etc.
4. En su caso gastos de personal en la parte correspondiente a la dedicación del mismo al proyecto
subvencionado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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