Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05962/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la reactivación de la economía local 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones
correspondientes.
La presentación de la solicitud implicará que se autoriza expresamente a la Diputación Provincial de Badajoz para el
tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse, y conllevará la
autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las
obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá
denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar en este caso las certificaciones acreditativas correspondientes.
A la solicitud (anexo I) cumplimentada en sede electrónica se adjuntará la siguiente documentación:
Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Formulario de identificación del proyecto a realizar durante 2025, que se ajustará al formato según el modelo que
figura en el anexo III-A.
Compromiso de participación o colaboración en el proyecto, según el modelo que figura en el anexo III-B (se deberá
cumplimentar un anexo por cada compromiso de participación)..
Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, provincial y con la
Seguridad Social, en el caso de que el interesado deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano
gestor recabe directamente los mismos.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, y se podrán descargar en las
siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
No se valorará ningún proyecto que no se adapte al formato requerido y que deberá contener la información necesaria para
su valoración según los criterios establecidos en la base sexta.
Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad local, que deberá ser ejecutado durante el ejercicio 2025, y con la
duración que se estipule en el mismo.
4.2. Subsanación de la solicitud.
Los solicitantes deben asegurarse de que toda la documentación requerida, sea completa, exacta y definitiva en el momento
de la presentación. No se permitirán modificaciones a los contenidos de la documentación una vez que la solicitud ha sido
formalmente presentada, salvo en los casos de subsanación de defectos formales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta
subsanación podrá referirse únicamente a errores u omisiones formales, pero no permitirá modificaciones sustantivas en el
contenido de la propuesta. Cualquier intento de modificar aspectos sustantivos del proyecto no será tenido en cuenta, ya
que la valoración se realizará exclusivamente con base en la información y documentación proporcionada inicialmente.
En los supuestos en los que la solicitud presentada no reúna los requisitos exigidos se requerirá a la entidad solicitante para
que, en un plazo de diez días hábiles, subsane los defectos observados, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
El acceso deberá realizarse mediante certificado digital de representación de la entidad local y los pasos a seguir son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
2. Acceder como Entidad Local.
3. En trámites por delegaciones, seleccionar Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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