Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05962/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la reactivación de la economía local 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5962/2024
4.1. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
4.1.1. Plazo.
El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y se dirigirá acompañada del resto de documentación al Ilmo. Sr.
Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el Centro Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días hábiles. Para ello
una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las
solicitudes deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de que la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectara al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
4.1.2. Tramitación de la solicitud por sede electrónica.
La presentación se realizará exclusivamente a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación
de Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos
los días del plazo establecido.
El acceso deberá realizarse mediante certificado digital de representación de la entidad local y los pasos a seguir son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
2. Acceder como Entidad Local.
3. En trámites por delegaciones, seleccionar Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.
4. Seleccionar el trámite, solicitud de subvención destinada a ayuntamientos y entidades locales menores
para la reactivación de la economía local. Año 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados por el órgano competente, se
considerarán copias electrónicas auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará
mediante la utilización de firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar el correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente
obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar el corriente de las obligaciones tributarias con la
hacienda estatal, provincial y frente a la Seguridad Social, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes
certificaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4.1. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
4.1.1. Plazo.
El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y se dirigirá acompañada del resto de documentación al Ilmo. Sr.
Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz.
En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz,
debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo
establecido para ello, el Centro Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días hábiles. Para ello
una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las
solicitudes deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de que la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectara al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
4.1.2. Tramitación de la solicitud por sede electrónica.
La presentación se realizará exclusivamente a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación
de Badajoz en la dirección electrónica https://sede.dip-badajoz.es/, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos
los días del plazo establecido.
El acceso deberá realizarse mediante certificado digital de representación de la entidad local y los pasos a seguir son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/
2. Acceder como Entidad Local.
3. En trámites por delegaciones, seleccionar Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo.
4. Seleccionar el trámite, solicitud de subvención destinada a ayuntamientos y entidades locales menores
para la reactivación de la economía local. Año 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los documentos electrónicos aportados junto con la solicitud, debidamente firmados por el órgano competente, se
considerarán copias electrónicas auténticas de los documentos en soporte papel y su fidelidad con el original se garantizará
mediante la utilización de firma electrónica con la que se firma la solicitud.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar el correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente
obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar el corriente de las obligaciones tributarias con la
hacienda estatal, provincial y frente a la Seguridad Social, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes
certificaciones.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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