Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05841/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de control interno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
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15.10 Otros gastos de personal (ej. formación) (fase ADO):
Se comprobarán exclusivamente los extremos a fiscalizar con carácter general.
* Declaración de excepcionalidad, deberá contener:
a) Que se trata de un caso excepcional y para cumplir una necesidad urgente e
inaplazable.
b) Afecta a un sector, función y categoría profesional que se considera prioritario,
o que afecta al funcionamiento de un servicio público esencial.
Artículo 16. Contratos y contratos menores.
16.0. Contratos menores.
Contratos menores (fase ADO-O):
Además de los requisitos a comprobar con carácter general:
a) En los expedientes de gasto con financiación afectada, que se acredita la disponibilidad de
los créditos, y han sido objeto de adecuada e independiente contabilización.
b) La existencia de acuerdo de convalidación del gasto del órgano municipal competente, en
aquellos expedientes en los que se haya omitido el trámite de fiscalización previa.
c) La existencia de resolución de la Alcaldía (o en su caso, acuerdo plenario) de levantamiento
de reparos, en aquellos expedientes que se hayan fiscalizado con reparo suspensivo.
16.0.1. Gasto corriente. Aprobación y reconocimiento de gastos realizados.
a) En la factura consta el recibí y el conforme del órgano correspondiente.
b) Factura expedida por la empresa adjudicataria y la misma cumple con lo previsto en el RD
1619/2012.
16.0.2. Gasto de inversión. Aprobación y reconocimiento de gastos realizados.
a) En la factura consta el recibí y el conforme del órgano correspondiente.
b) Factura expedida por la empresa adjudicataria y la misma cumple con lo previsto en el RD
1619/2012.
c) Si se trata de una obra, que se acompaña presupuesto (elaborado por la administración o
por el contratista). Si se hubiera informado previamente por los servicios técnicos que el
proyecto o el informe de supervisión es necesario, que están incluidos en el expediente.
d) Si se trata de un suministro, que vienen correctamente desglosadas en la factura las
unidades y el precio de cada uno de los bienes.
e) Comprobar la ejecutividad de los ingresos afectados que financian la inversión.
16.1. Extremos generales de comprobación.
1. La fiscalización e intervención previa de gastos u obligaciones incluidos en el presente artículo (a excepción
de los contratos menores), se realizará mediante la comprobación de los siguientes extremos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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15.10 Otros gastos de personal (ej. formación) (fase ADO):
Se comprobarán exclusivamente los extremos a fiscalizar con carácter general.
* Declaración de excepcionalidad, deberá contener:
a) Que se trata de un caso excepcional y para cumplir una necesidad urgente e
inaplazable.
b) Afecta a un sector, función y categoría profesional que se considera prioritario,
o que afecta al funcionamiento de un servicio público esencial.
Artículo 16. Contratos y contratos menores.
16.0. Contratos menores.
Contratos menores (fase ADO-O):
Además de los requisitos a comprobar con carácter general:
a) En los expedientes de gasto con financiación afectada, que se acredita la disponibilidad de
los créditos, y han sido objeto de adecuada e independiente contabilización.
b) La existencia de acuerdo de convalidación del gasto del órgano municipal competente, en
aquellos expedientes en los que se haya omitido el trámite de fiscalización previa.
c) La existencia de resolución de la Alcaldía (o en su caso, acuerdo plenario) de levantamiento
de reparos, en aquellos expedientes que se hayan fiscalizado con reparo suspensivo.
16.0.1. Gasto corriente. Aprobación y reconocimiento de gastos realizados.
a) En la factura consta el recibí y el conforme del órgano correspondiente.
b) Factura expedida por la empresa adjudicataria y la misma cumple con lo previsto en el RD
1619/2012.
16.0.2. Gasto de inversión. Aprobación y reconocimiento de gastos realizados.
a) En la factura consta el recibí y el conforme del órgano correspondiente.
b) Factura expedida por la empresa adjudicataria y la misma cumple con lo previsto en el RD
1619/2012.
c) Si se trata de una obra, que se acompaña presupuesto (elaborado por la administración o
por el contratista). Si se hubiera informado previamente por los servicios técnicos que el
proyecto o el informe de supervisión es necesario, que están incluidos en el expediente.
d) Si se trata de un suministro, que vienen correctamente desglosadas en la factura las
unidades y el precio de cada uno de los bienes.
e) Comprobar la ejecutividad de los ingresos afectados que financian la inversión.
16.1. Extremos generales de comprobación.
1. La fiscalización e intervención previa de gastos u obligaciones incluidos en el presente artículo (a excepción
de los contratos menores), se realizará mediante la comprobación de los siguientes extremos:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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