Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05841/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de control interno
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 5841/2024
15.2. Selección y nombramiento del personal funcionario (fase D o AD):
a) Requisito de publicidad de la correspondiente convocatoria.
b) Acta del tribunal seleccionador y propuesta de nombramiento.
c) Acreditación de estar en posesión de la titulación y de las condiciones específicas exigibles
por el puesto de trabajo.
d) Borrador del acta de toma de posesión.
e) En el caso de comisiones de servicio, deberá justificarse la necesidad de la misma.
f) Cuando la propuesta nombramiento no corresponda a la resolución de una convocatoria
específica previa, hará falta que se incorporen requisitos detallados en el artículo 15.1 y se
informe sobre la adecuación de las retribuciones al convenio o acuerdo vigente.
15.3. Contratación del personal laboral fijo (fase D o AD):
a) Requisito de publicidad de la correspondiente convocatoria.
b) Acta del tribunal seleccionador y propuesta de nombramiento.
c) Informe del responsable del servicio de adecuación del contrato a la normativa vigente.
d) Que las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten a las señaladas en la plantilla
y RPT y en su defecto, en el convenio colectivo que resulte de aplicación.
e) En el caso de comisiones de servicio, deberá justificarse la necesidad de la misma.
f) Cuando la propuesta de contratación no corresponda a la resolución de una convocatoria
específica previa, hará falta que se incorporen los requisitos detallados en el artículo 15.1 y se
informe sobre la adecuación de las retribuciones al convenio o acuerdo vigente.
15.4. Contratación del personal laboral temporal (fase A-D o AD):
a) Justificación del motivo de contratación, con declaración de la excepcionalidad*. En caso de
tratarse de contratación de personal laboral temporal subvencionado, se comprobará
exclusivamente la existencia de subvención que financie la contratación y que la selección se
ajusta a la normativa establecida en el plan de empleo.
b) Acta del tribunal o comisión seleccionadora (o acreditación de los resultados del proceso
selectivo aportada por el servicio correspondiente) y propuesta de nombramiento.
c) Informe del responsable del servicio de adecuación del contrato a la normativa vigente y que
las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten al convenio colectivo que resulte de
aplicación (no se verificará en caso de contratación de personal laboral temporal
subvencionado).
d) En caso de prórroga, se verificará que no supera el plazo previsto en la legislación vigente y
que existe justificación de la necesidad de la prórroga.
15.5. Altas y contratación de órganos de gobierno y personal eventual (fase AD):
a) Copia del acuerdo de nombramiento (poniendo de manifiesto el régimen de dedicación
exclusiva o parcial, artículo 13 ROF) y toma de posesión, alta en Seguridad Social y existencia de
crédito en el presupuesto.
b) Verificación de que las retribuciones respetan los límites establecidos por la normativa
vigente y las fijadas en el acuerdo plenario y/o plantilla.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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15.2. Selección y nombramiento del personal funcionario (fase D o AD):
a) Requisito de publicidad de la correspondiente convocatoria.
b) Acta del tribunal seleccionador y propuesta de nombramiento.
c) Acreditación de estar en posesión de la titulación y de las condiciones específicas exigibles
por el puesto de trabajo.
d) Borrador del acta de toma de posesión.
e) En el caso de comisiones de servicio, deberá justificarse la necesidad de la misma.
f) Cuando la propuesta nombramiento no corresponda a la resolución de una convocatoria
específica previa, hará falta que se incorporen requisitos detallados en el artículo 15.1 y se
informe sobre la adecuación de las retribuciones al convenio o acuerdo vigente.
15.3. Contratación del personal laboral fijo (fase D o AD):
a) Requisito de publicidad de la correspondiente convocatoria.
b) Acta del tribunal seleccionador y propuesta de nombramiento.
c) Informe del responsable del servicio de adecuación del contrato a la normativa vigente.
d) Que las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten a las señaladas en la plantilla
y RPT y en su defecto, en el convenio colectivo que resulte de aplicación.
e) En el caso de comisiones de servicio, deberá justificarse la necesidad de la misma.
f) Cuando la propuesta de contratación no corresponda a la resolución de una convocatoria
específica previa, hará falta que se incorporen los requisitos detallados en el artículo 15.1 y se
informe sobre la adecuación de las retribuciones al convenio o acuerdo vigente.
15.4. Contratación del personal laboral temporal (fase A-D o AD):
a) Justificación del motivo de contratación, con declaración de la excepcionalidad*. En caso de
tratarse de contratación de personal laboral temporal subvencionado, se comprobará
exclusivamente la existencia de subvención que financie la contratación y que la selección se
ajusta a la normativa establecida en el plan de empleo.
b) Acta del tribunal o comisión seleccionadora (o acreditación de los resultados del proceso
selectivo aportada por el servicio correspondiente) y propuesta de nombramiento.
c) Informe del responsable del servicio de adecuación del contrato a la normativa vigente y que
las retribuciones que se señalen en el contrato se ajusten al convenio colectivo que resulte de
aplicación (no se verificará en caso de contratación de personal laboral temporal
subvencionado).
d) En caso de prórroga, se verificará que no supera el plazo previsto en la legislación vigente y
que existe justificación de la necesidad de la prórroga.
15.5. Altas y contratación de órganos de gobierno y personal eventual (fase AD):
a) Copia del acuerdo de nombramiento (poniendo de manifiesto el régimen de dedicación
exclusiva o parcial, artículo 13 ROF) y toma de posesión, alta en Seguridad Social y existencia de
crédito en el presupuesto.
b) Verificación de que las retribuciones respetan los límites establecidos por la normativa
vigente y las fijadas en el acuerdo plenario y/o plantilla.
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