Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05868/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de varias tasas
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Ayuntamiento de Vivares

Anuncio 5868/2024

cerrarla cuando termine el tiempo de juego, debiendo devolver a la misma persona y en el
lugar en que se le hizo la entrega, y en idéntico estado en que la encontró.
3.- La reserva de pista será por hora y media. Los usuarios de la instalación tendrán otra franja
de diez minutos por encima de la hora de la reserva para abandonar la instalación y dejar
cerradas las puertas.
4.- Sólo en el caso de que las condiciones de la pista o la climatología no permitan la práctica
deportiva, se tendrá la opción de anular la reserva y cambiarla para otro día.
4.3. Incidencias en la utilización.
1.- Si transcurridos quince minutos de la hora reservada, el sujeto pasivo no se hubiese
personado en la instalación para abonar la tasa y hacer uso de la pista, se tendrá por cancelada
la reserva, pudiendo disponer sobre su uso el personal encargado de la instalación.
2.- La reiteración en esta conducta podrá ser sancionada en la forma prevista en esta
Ordenanza.
3.- Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los afectados
tendrán derecho a recuperar las tasas abonadas.
4.4. Equipamiento. Normas de uso:
1.- La pista está adecuada solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro juego
está prohibido.
2.- El equipamiento para acceder a las pista debe ser deportivo y adecuado a la práctica del
deporte. Es obligatorio el uso de zapatilla con suela de goma así como raquetas y pelotas
específicas para la práctica del pádel, quedando excluidos otros artefactos de impacto como
pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de frontón, sticks, pelotas de tenis, pelotas
de frontón, etc.
3.- Los acompañantes no podrán acceder a la pista.
4.- Dentro de la pista no está permitido comer, fumar ni introducir objetos de vidrio o cualquier
otro que pueda causar daños al césped artificial o a las mamparas.
5.- No se autoriza la entrada de animales al recinto de la pista.
4.5. Responsabilidad del usuario:
1.- El Ayuntamiento de Vivares declina toda la responsabilidad de las lesiones que pudieran
originar derivadas de la práctica deportiva.
2.- Los participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos
para realizar la actividad físico-deportiva.
3.- Una vez concluida la sesión, los usuarios deberán abandonar la pista y recoger todas sus
pertenencias, ropa, palas, pelotas, botellas, botes, etc.
4.- Los usuarios deberán seguir las instrucciones y requerimientos del personal a cargo de la
instalación.
4.6. Responsabilidad exonerada:
1.- El Ayuntamiento de Vivares no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de
cualquier objeto que se deje en los mismos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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