Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05744/2024)
Orden del Concejal Delegado de Recursos Humanos sobre la provisión de diez plazas de Administrativo/a, mediante sistema de promoción interna y régimen jurídico de funcionario/a de carrera
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Ayuntamiento de Mérida

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- Prueba técnica. Esta prueba se valorará con una puntuación máxima de 2,10 puntos (30%).
Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test, cuyos criterios de evaluación están
recogidos en el anexo III. Será necesario obtener un mínimo de 1,05 puntos, en prueba técnica,
para pasar a la prueba práctica. Con menor puntuación de 1,05 puntos, las personas
candidatas quedarán excluidas del proceso de selección.
- Prueba práctica. Esta prueba se valorará con una puntuación máxima de 4,90 puntos (70%).
Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos, cuyos criterios de evaluación
están recogidos en el anexo IV. Será necesario obtener un mínimo de 2,45 puntos, en la prueba
práctica, para pasar al concurso de méritos.
La valoración de ambas pruebas tendrá hasta un máximo de 7 puntos, siendo necesario obtener 3,50 puntos
para superar la fase de oposición. Con menor puntuación de 3,50 puntos, las personas candidatas quedarán
excluidas del proceso de selección (artículo 4. c), RD 896/1991, de 7 de junio).
2. Fase de concurso. 30% de la puntuación total.
La baremación de méritos para la categoría profesional C1, se computará conforme a lo desarrollado en el
anexo I y para aquellas personas que hayan obtenido como mínimo 3,5 puntos en la fase de oposición.
3. Determinación de la puntuación.
La puntuación de cada persona participante será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de
oposición (7 puntos) y fase de concurso (3 puntos).
4. Criterios de desempates.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá a favor del candidato o candidata, aplicando los
siguientes criterios objetivos:
1. Criterio de desempate número 1: Mayor puntuación obtenida en la fase oposición.
2. Criterio de desempate número 2: En caso de persistir el empate, mayor puntuación obtenida
experiencia en el servicio de destino de la plaza de destino.
3. Criterio de desempate número 3: En caso de persistir el empate, finalmente se decidirá en un
sorteo definido por el Tribunal, entre las personas que lleguen a este punto, en igualdad de
puntuación.

Séptima. Resolución de la convocatoria.
1. Concluida la calificación, la Comisión de Selección hará pública en la plataforma de ofertas públicas de empleo, la lista
provisional con las puntuaciones obtenidas, concediéndose un plazo de 5 días hábiles desde la publicación de estas, para
que los candidatos o candidatas puedan plantear las reclamaciones a la misma.
2. Una vez finalizado el citado plazo y resueltas las reclamaciones en el caso que las hubiere, se elevará propuesta de lista
definitiva de puntuaciones, ordenadas de mayor a menor puntuación, al Concejal Delegado de Recursos Humanos.
3. A las personas seleccionadas que se incorporen al trabajo, se les podrá realizar una revisión médica por parte del Servicio
de Prevención de Riesgos Laborales, con el objetivo de verificar el estado de salud y la acreditación de que la persona
aspirante no padece enfermedad o que su discapacidad no le imposibilite para el ejercicio de las funciones propias de la
categoría del puesto convocado. En caso de no poder ser acreditado ya sea por enfermedad o por no contar con las
capacidades para el desarrollo de las funciones propias, causará baja en el proceso de selección.
4. El candidato o la candidata deberá aportar toda la documentación autenticada, en el plazo de 24 horas desde la
comunicación para la propuesta de nombramiento, a efectos de formalizar el correspondiente nombramiento como
funcionario o funcionaria de carrera.
5. La formalización del nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera de personas extranjeras de países no
miembros de la Unión Europea se condiciona, en cualquier caso, a que el aspirante seleccionado esté en posesión de la
documentación necesaria legalmente establecida.
6. En el supuesto de que, en el plazo señalado, salvo causas de fuerza mayor, la persona aspirante propuesta no presente la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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