Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05729/2024)
Bases para la adjudicación de licencia de taxi
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Ayuntamiento de Peñalsordo
Anuncio 5729/2024
c) Por encontrarse en situación legal de desempleo, acreditada por el correspondiente servicio de empleo se
asignará 1 punto por cada año continuado en dicha situación.
d) Por adscribir a la licencia un vehículo de nueva adquisición, con matriculación posterior a la fecha de
adjudicación de la presente licencia, se asignará 25 puntos adicionales. Para la valoración de este extremo
deberá aportarse propuesta de adquisición del vehículo formalizada ante concesionario oficial o distribuidor
autorizado, incluyendo la documentación acreditativa de sus características técnicas y de la adaptación.
En el caso de empate entre dos o más aspirantes, se asignará la licencia a quien acredite mayor puntuación
en el apartado d), si persistiera el empate se primará la puntuación obtenida en el apartado a), y, finalmente
la obtenida en el apartado b). En el caso de persistir el empate se resolverá por sorteo.
Se requerirá al licitador dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social.
Asimismo deberá presentar la documentación acreditativa de las condiciones de participación indicadas en la cláusula
tercera; así como la documentación relativa al vehículo al que se va a adscribir la licencia y la documentación relativa a la
concertación del seguro por los riesgos de la actividad, si no las hubiere presentado ya con anterioridad.
Base octava. Adjudicación de la licencia.
Recibida la documentación solicitada, si fuere el caso, en el plazo máximo de un mes, la Alcaldía efectuará en un mismo acto
la clasificación y valoración de las solicitudes presentadas, y en función de los resultado obtenidos, acordará la adjudicación
de la licencia.
Sin perjuicio de la notificación individual de los resultados al adjudicatario, el nombre del adjudicatario se publicará en el
BOP, en tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su sede electrónica y en cualquier otro medio que se estime oportuno
para mayor difusión.
En la notificación del acuerdo de adjudicación, se requerirá al adjudicatario para que, en el plazo de un mes desde el recibo
de la adjudicación, presente la documentación que a continuación se indica: (si procediere).
Certificado de aduana o de fabricación en el que consten todos los datos referentes al vehículo (marca, potencia,
antigüedad,) en el supuesto de no hallarse matriculado.
Permiso de circulación del vehículo adscrito a la licencia, expedido a nombre del solicitante, salvo que se disponga en
virtud de arrendamiento ordinario, en cuyo caso será preciso presentar dicho permiso a nombre del arrendador
junto con el contrato de arrendamiento.
Ficha de características técnicas del vehículo, en la que conste hallarse al corriente en la inspección periódica exigible
o, en su defecto, certificación acreditativa de tal extremo.
Fotografía a color del vehículo en la que aparezca legible la placa de matrícula delantera y trasera.
Declaraciones fiscales que sean necesarias para el desarrollo de la actividad.
Declaración de alta en el RETA de la Seguridad Social y de estar al corriente en el pago de las cuotas con la misma.
Permisos exigibles otorgados por la Junta de Extremadura.
Póliza de seguros que cubra con RC ilimitada los daños a viajeros o a terceros, en la medida en que dichos daños no
estén indemnizados por el seguro de RC de suscripción obligatoria.
En el caso de disponer de conductor asalariado, declaración jurada del mismo en la que se compromete a restar el
servicio con sujeción a las normas legalmente aplicables a la actividad.
El plazo establecido en el apartado anterior podrá ser ampliado a dos meses a solicitud del adjudicatario,
siempre que acredite la adscripción de un vehículo de nueva adquisición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado o en el de su ampliación, se
entenderá que el interesado renuncia a la licencia, procediéndose, a efectuar una nueva adjudicación a favor
de la solicitud que corresponda en función del orden de puntuación en la que haya quedado clasificada.
Comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Alcaldía, en el plazo máximo de 15 días hábiles,
expedirá el documento acreditativo a favor del adjudicatario.
Base novena. Autorización autonómica.
La Alcaldía comunicará la adjudicación de la licencia, al órgano competente de la Junta de Extremadura en materia de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Por encontrarse en situación legal de desempleo, acreditada por el correspondiente servicio de empleo se
asignará 1 punto por cada año continuado en dicha situación.
d) Por adscribir a la licencia un vehículo de nueva adquisición, con matriculación posterior a la fecha de
adjudicación de la presente licencia, se asignará 25 puntos adicionales. Para la valoración de este extremo
deberá aportarse propuesta de adquisición del vehículo formalizada ante concesionario oficial o distribuidor
autorizado, incluyendo la documentación acreditativa de sus características técnicas y de la adaptación.
En el caso de empate entre dos o más aspirantes, se asignará la licencia a quien acredite mayor puntuación
en el apartado d), si persistiera el empate se primará la puntuación obtenida en el apartado a), y, finalmente
la obtenida en el apartado b). En el caso de persistir el empate se resolverá por sorteo.
Se requerirá al licitador dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la
documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social.
Asimismo deberá presentar la documentación acreditativa de las condiciones de participación indicadas en la cláusula
tercera; así como la documentación relativa al vehículo al que se va a adscribir la licencia y la documentación relativa a la
concertación del seguro por los riesgos de la actividad, si no las hubiere presentado ya con anterioridad.
Base octava. Adjudicación de la licencia.
Recibida la documentación solicitada, si fuere el caso, en el plazo máximo de un mes, la Alcaldía efectuará en un mismo acto
la clasificación y valoración de las solicitudes presentadas, y en función de los resultado obtenidos, acordará la adjudicación
de la licencia.
Sin perjuicio de la notificación individual de los resultados al adjudicatario, el nombre del adjudicatario se publicará en el
BOP, en tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su sede electrónica y en cualquier otro medio que se estime oportuno
para mayor difusión.
En la notificación del acuerdo de adjudicación, se requerirá al adjudicatario para que, en el plazo de un mes desde el recibo
de la adjudicación, presente la documentación que a continuación se indica: (si procediere).
Certificado de aduana o de fabricación en el que consten todos los datos referentes al vehículo (marca, potencia,
antigüedad,) en el supuesto de no hallarse matriculado.
Permiso de circulación del vehículo adscrito a la licencia, expedido a nombre del solicitante, salvo que se disponga en
virtud de arrendamiento ordinario, en cuyo caso será preciso presentar dicho permiso a nombre del arrendador
junto con el contrato de arrendamiento.
Ficha de características técnicas del vehículo, en la que conste hallarse al corriente en la inspección periódica exigible
o, en su defecto, certificación acreditativa de tal extremo.
Fotografía a color del vehículo en la que aparezca legible la placa de matrícula delantera y trasera.
Declaraciones fiscales que sean necesarias para el desarrollo de la actividad.
Declaración de alta en el RETA de la Seguridad Social y de estar al corriente en el pago de las cuotas con la misma.
Permisos exigibles otorgados por la Junta de Extremadura.
Póliza de seguros que cubra con RC ilimitada los daños a viajeros o a terceros, en la medida en que dichos daños no
estén indemnizados por el seguro de RC de suscripción obligatoria.
En el caso de disponer de conductor asalariado, declaración jurada del mismo en la que se compromete a restar el
servicio con sujeción a las normas legalmente aplicables a la actividad.
El plazo establecido en el apartado anterior podrá ser ampliado a dos meses a solicitud del adjudicatario,
siempre que acredite la adscripción de un vehículo de nueva adquisición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado o en el de su ampliación, se
entenderá que el interesado renuncia a la licencia, procediéndose, a efectuar una nueva adjudicación a favor
de la solicitud que corresponda en función del orden de puntuación en la que haya quedado clasificada.
Comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Alcaldía, en el plazo máximo de 15 días hábiles,
expedirá el documento acreditativo a favor del adjudicatario.
Base novena. Autorización autonómica.
La Alcaldía comunicará la adjudicación de la licencia, al órgano competente de la Junta de Extremadura en materia de
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