Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05729/2024)
Bases para la adjudicación de licencia de taxi
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 5729/2024

autorizaciones de transporte interurbano, acompañado una copia de la solicitud y documentación presentada, a efectos del
otorgamiento de la correspondiente autorización.
Base décima. Prestación de los servicios.
El titular de la licencia deberá iniciar el ejercicio de la actividad de prestación de servicios de transporte público urbano con
el vehículo afecto a dicha licencia, en el plazo máximo de sesenta días naturales, contados desde la fecha de la notificación
de la adjudicación de las mismas. La Alcaldía podrá ampliar el plazo anterior, a solicitud de la persona adjudicataria de la
licencia cuando exista causa justificada y suficientemente acreditada por le solicitante.
Una vez iniciada la prestación del servicio, el titular de la licencia no podrá dejar de prestarlo durante períodos iguales o
superiores o 30 días consecutivos o sesenta días alternos en el plazo de un año, sin causa justificada. En todo caso se
considerarán justificadas las interrupciones del servicio que sean consecuencia de los descansos disfrutados con arreglo a
las disposiciones legales vigentes y ordenanzas municipales que regulen la prestación del servicio.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los solicitantes, en el plazo de 10 días.
Base decimoprimera. Derechos y obligaciones del titular de la licencia.
En el plazo de 60 días, contados desde la fecha de la concesión de las distintas licencias municipales, su titular vendrá
obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo.
Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de estas bases y de la licencia otorgada por el
municipio, así como los derivados de la legislación aplicable.
Base decimosegunda. Confidencialidad y tratamiento de datos.
1. Confidencialidad.
La persona adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos), en cumplimiento de los principios de integridad y
confidencialidad, debe tratar los datos personales a los que tenga acceso de forma que garantice una seguridad adecuada
incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental,
mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección
de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con
el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
Se hace constar:

Finalidad principal de la cesión de
datos

Licencia de taxi

Obligación del contratista

El futuro adjudicatario de la licencia deberá someterse, en todo caso, a la
normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos

2. Tratamiento de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general
de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personal que, en su caso, sean
recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la adjudicación de la
licencia, serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y
control del desarrollo de la misma.
Base decimotercera. Recursos administrativos y jurisdiccionales.
Los acuerdos correspondientes del órgano de adjudicación, pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el
mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la ley reguladora de dicha
jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses contados a partir de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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