Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (05625/2024)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Infantil Alborada
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Ayuntamiento de Montijo

Anuncio 5625/2024

m) Cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles, instrumentos y las instalaciones del centro, y respetar
las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
n) Cumplir las indispensables normas de aseo e higiene.
o) Mantener el orden durante las entradas, salidas y permanencia en la Escuela.
p) Asegurar la asistencia al centro infantil, de sus hijos e hijas con regularidad.
q) Cumplir y respetar las normas de convivencia y funcionamiento de la escuela infantil Alborada.
r) Aportar la documentación requerida a efectos de formalización de inscripciones, pago de cuotas,
actualizaciones de datos, etc.
s) Conocer y respetar la propuesta pedagógica, el reglamento de régimen interno, los objetivos trimestrales
del aula de su hijo/a.
t) Asistir a las reuniones y/o tutorías a las que se les convoque.
u) Colaborar con el educador/a para el desarrollo integral de su hijo/a, colaborar también en la adquisición de
hábitos (descanso, higiene, relaciones sociales, ...).
v) En caso de separación judicial de los padres, las familias justificarán cuál de ellos ostenta la guarda y
custodia del menor.
w) Proporcionar teléfonos de contacto operativos.
Artículo 38.- Derechos del personal de servicios.
Además de los establecidos por parte del Ayuntamiento de Montijo en cuestiones laborales, tendrán derecho:
a) A recibir un trato justo y respetuoso de los demás miembros de la comunidad educativa.
b) A participar en la vida del centro con arreglo a la legislación vigente.
c) A presentar ante la dirección del centro cuantas iniciativas y sugerencias, así como reclamaciones, estimen
oportunas.
d) A elegir un representante en el Consejo Escolar del centro, y elevar sus propuestas ante el mismo.
e) A ser informados por sus representantes de los asuntos tratados en el Consejo Escolar.
Artículo 39.- Deberes del personal de servicios.
Además de los deberes que se derivan de su relación laboral con el Ayuntamiento, deberán:
a) Colaborar en la mejora de los servicios del centro.
b) Contribuir al mantenimiento del centro en cuantos trabajos estén dentro de sus atribuciones.
c) Colaborar con el profesorado en tareas propias de su puesto, siempre que sea solicitado por el mismo.
d) Participar en el mantenimiento del orden según las directrices marcadas por el reglamento.
e) Respetar el proyecto educativo y las normas que rigen el centro.
f) Comunicar los permisos y faltas de asistencia con la suficiente antelación, en la medida de lo posible.
g) Tratar con la debida corrección y respeto a los restantes miembros de la comunidad educativa, y al resto de
personas que acudan al centro en demanda de información.
h) Cumplir las instrucciones que para el mejor desarrollo de la actividad académica determinen los superiores
en el ámbito de su correspondencia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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