Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdetorres. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05497/2024)
Bases del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Administrativo, grupo C1, como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valdetorres

Anuncio 5497/2024

composición del órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros.
La composición del órgano de selección incluirá también la de los respectivos suplentes, que serán designados
conjuntamente con los titulares. La resolución se anunciará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede
electrónica.
5.5. Los asesores y especialistas que pudieran ser llamados por el Tribunal para facilitar su labor, según el punto 5.2 de las
presentes bases, estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de
selección.
5.6. No podrán formar parte del órgano de selección quienes hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a
ninguna de las causas de abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán
comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.
5.7. Asimismo podrán actuar como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada una de las
organizaciones sindicales con representación en este Excmo. Ayuntamiento.
Sexta. Calendario del proceso selectivo.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Séptima. Sistema de selección.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 2.4 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el sistema
de selección será el de concurso-oposición, con una valoración de la fase de oposición del sesenta por ciento y la del
concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia
en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate en el marco de la negociación colectiva establecida en el artículo
37.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
7.1 Fase de oposición.
La fase de oposición será previa a la del concurso. Consistirá en la realización de 1 prueba de aptitud teórico-práctica, no
eliminatorias y obligatorias para los aspirantes, siendo la puntuación máxima 6 puntos, consistiendo dicha prueba en:
Supuesto teórico: 3 puntos.
Consistirá en la realización de una prueba tipo teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de una hora, un
cuestionario de 30 preguntas, más 5 de reserva, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la
correcta, basadas en el temario anexo. Cada respuesta correcta sumará 0,1 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,025
puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
Supuesto práctico: 3 puntos.
Consistirá en desarrollar una prueba práctica, con una duración máxima de treinta minutos, que podrá contener uno o
varios ejercicios sobre Writer, Calc o Base de LibreOffice.
Las personas aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan,
salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Las personas candidatas deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido
considerados como aptos en la citada fase de oposición.
7.2 Fase de concurso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 13