Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05362/2024)
Bases para cubrir una plaza de Administrativo mediante sistema de oposición libre
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 5362/2024

5.6.- No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o, en su caso, suplentes.
En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la Vocalía presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden.
5.7.- Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal, por medio
de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otro personal del Ayuntamiento o de
otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en el
desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
5.8.- Incidencias. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de
las presentes bases y su desarrollo.
Sexta.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1.- El primer ejercicio se celebrará en el día, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Campanario y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal:
https://campanario.sedelectronica.es/info.0.
6.2.- La información relativa a los demás trámites de dicho proceso solo se publicará en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Campanario y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal:
https://campanario.sedelectronica.es/info.0.
6.3.- Los/las aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético, salvo que el Tribunal
decida otra más conveniente, y deberán ir provistos del DNI. La no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados
comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del
proceso selectivo.
6.4.- Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador a través
de los medios que estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta previsión, el Tribunal Calificador podrá acordar,
motivadamente, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
6.5.- El Tribunal, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del/la
aspirante.
6.6.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los
ejercicios de los/las aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
Séptima.- Pruebas selectivas, desarrollo de la convocatoria.
7.1.- Fase de oposición: El proceso selectivo constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio, siendo requisito
imprescindible para superar los mismos, haber obtenido las puntuaciones mínimas requeridas.
7.2.- El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles
modificaciones que se pudieran producir en mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el
Tribunal y el/la aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
7.3.- Primer ejercicio: Consistirá en contestar en el tiempo máximo de 120 minutos un cuestionario tipo test formado por
100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las preguntas versarán
sobre el contenido del temario recogido en el anexo II. El cuestionario que se proponga contendrá 10 preguntas adicionales
tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de
anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios.
7.3.1.- Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1. Se calificará a razón de 0,10 puntos cada respuesta correcta.
2. Cada pregunta contestada erróneamente, restará 0,05 puntos.
3. Las preguntas en blanco no restarán.
7.3.2.- El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y para superar el mismo será preciso obtener una calificación de al menos 5
puntos, teniendo carácter eliminatorio.
7.4.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación, se abrirá un plazo de tres días hábiles para posibles
reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado este primer
ejercicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 12