Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05142/2024)
Bases para bolsa de Agentes de Igualdad
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Anuncio 5142/2024
- Participación en las actividades de formación/discusión a las que sean convocados/as por el Instituto de la
Mujer de Extremadura en materias relacionadas con la igualdad y la violencia de género.
- Participación en las reuniones periódicas con los y las profesionales de la Red Extremeña de Atención a
Mujeres Víctimas de Violencia de Género, encaminadas a consensuar criterios y pautas de evaluación e
intervención comunes.
- Participación en uno de los grupos de trabajo especializados, creados por el Instituto de la Mujer de
Extremadura para el desarrollo de cada uno de los programas, con la finalidad de crear espacios de reflexión,
análisis, diseño y propuesta de acciones, logrando con ello, una mayor identificación de información y un
diseño de acciones que se implementarán a partir de la realidad propia de cada territorio.
- Dinamización del Consejo de mujeres/igualdad de la zona.
- Aplicación en el territorio y seguimiento del Plan de igualdad vigente.
- Detección, denuncia y elaboración de propuesta de cambio, de situaciones discriminatorias ante las
entidades pertinentes.
- Atención interdisciplinar e individualizada a las víctimas de violencia de género, informando, realizando la
valoración inicial y, en su caso, derivando a los recursos especializados.
- Seguimiento de las órdenes de protección del territorio emitidas por razón de violencia de género y
coordinación con el Punto de coordinación de las órdenes de protección del Instituto de la Mujer de
Extremadura, dado que éstas se muestran acompañadas de medidas civiles y penales que de no llevarse a
efecto supondrían un menoscabo en la protección de las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e
hijas, dando lugar a situaciones de necesidad social, desamparo y/o exclusión, con distinto grado de
gravedad.
Cuarta.- Retribuciones:
La persona seleccionada percibirá las retribuciones que se señalen en cada momento conforme a la pertinente dotación
presupuestaria que acuerde, en su caso, de la Mancomunidad, a la normativa jurídica aplicable y al contenido de la
resolución nominativa de subvención de la Consejería.
Cada trabajador quedará sujeto al régimen general de incompatibilidades establecido en le Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
de Incompatibilidades de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas, así como a lo que se especifique al
respecto en la resolución de concesión de subvención nominativa durante el periodo de contratación.
Quinta.- Publicidad de la convocatoria y de las pruebas.
Tanto la convocatoria como sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede
electrónica de la Mancomunidad.
Los anuncios referidos a la lista de admitidos, la celebración de cada una de las pruebas, los resultados de cada una de ellas,
así como cualquier otro anuncio o comunicación se harán públicos en la sede electrónica de la Mancomunidad.
Sexta.- Solicitudes y plazos.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán obligatoriamente al modelo establecido por la
Mancomunidad integral de municipios centro (anexo I) y se facilitarán a quienes lo interesen.
Las solicitudes (anexo I), debidamente cumplimentadas, junto con la documentación que se acompaña se dirigirán al señor
presidente de la Mancomunidad y podrán ser presentadas:
Directamente por las personas interesadas en horario de 9:00 a 14:00 horas en el registro general de la
Mancomunidad (sito en el polígono industrial Dehesa del Rey de Calamonte).
En la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud, se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia compulsada de la titulación, experiencia y formación requerida. La experiencia laboral en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Participación en las actividades de formación/discusión a las que sean convocados/as por el Instituto de la
Mujer de Extremadura en materias relacionadas con la igualdad y la violencia de género.
- Participación en las reuniones periódicas con los y las profesionales de la Red Extremeña de Atención a
Mujeres Víctimas de Violencia de Género, encaminadas a consensuar criterios y pautas de evaluación e
intervención comunes.
- Participación en uno de los grupos de trabajo especializados, creados por el Instituto de la Mujer de
Extremadura para el desarrollo de cada uno de los programas, con la finalidad de crear espacios de reflexión,
análisis, diseño y propuesta de acciones, logrando con ello, una mayor identificación de información y un
diseño de acciones que se implementarán a partir de la realidad propia de cada territorio.
- Dinamización del Consejo de mujeres/igualdad de la zona.
- Aplicación en el territorio y seguimiento del Plan de igualdad vigente.
- Detección, denuncia y elaboración de propuesta de cambio, de situaciones discriminatorias ante las
entidades pertinentes.
- Atención interdisciplinar e individualizada a las víctimas de violencia de género, informando, realizando la
valoración inicial y, en su caso, derivando a los recursos especializados.
- Seguimiento de las órdenes de protección del territorio emitidas por razón de violencia de género y
coordinación con el Punto de coordinación de las órdenes de protección del Instituto de la Mujer de
Extremadura, dado que éstas se muestran acompañadas de medidas civiles y penales que de no llevarse a
efecto supondrían un menoscabo en la protección de las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e
hijas, dando lugar a situaciones de necesidad social, desamparo y/o exclusión, con distinto grado de
gravedad.
Cuarta.- Retribuciones:
La persona seleccionada percibirá las retribuciones que se señalen en cada momento conforme a la pertinente dotación
presupuestaria que acuerde, en su caso, de la Mancomunidad, a la normativa jurídica aplicable y al contenido de la
resolución nominativa de subvención de la Consejería.
Cada trabajador quedará sujeto al régimen general de incompatibilidades establecido en le Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
de Incompatibilidades de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas, así como a lo que se especifique al
respecto en la resolución de concesión de subvención nominativa durante el periodo de contratación.
Quinta.- Publicidad de la convocatoria y de las pruebas.
Tanto la convocatoria como sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede
electrónica de la Mancomunidad.
Los anuncios referidos a la lista de admitidos, la celebración de cada una de las pruebas, los resultados de cada una de ellas,
así como cualquier otro anuncio o comunicación se harán públicos en la sede electrónica de la Mancomunidad.
Sexta.- Solicitudes y plazos.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustarán obligatoriamente al modelo establecido por la
Mancomunidad integral de municipios centro (anexo I) y se facilitarán a quienes lo interesen.
Las solicitudes (anexo I), debidamente cumplimentadas, junto con la documentación que se acompaña se dirigirán al señor
presidente de la Mancomunidad y podrán ser presentadas:
Directamente por las personas interesadas en horario de 9:00 a 14:00 horas en el registro general de la
Mancomunidad (sito en el polígono industrial Dehesa del Rey de Calamonte).
En la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud, se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Fotocopia compulsada de la titulación, experiencia y formación requerida. La experiencia laboral en
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