Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (05058/2024)
Bases para la designación como personal directivo profesional en el puesto de trabajo de Coordinador/a del Área de Igualdad
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Área de Igualdad

Anuncio 5058/2024

adecuación con los requisitos y la naturaleza de las funciones encomendadas al puesto objeto
de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta dispondrá de un plazo de 2 días hábiles, a contar del día
siguiente a aquel en que se haga pública la resolución de nombramiento, para presentar en el
área de Recursos Humanos y Régimen Interior la documentación que a continuación se indica y
tomar posesión, quedando constancia de la comparecencia:
a) Fotocopia del DNI, acompañados del original para su consulta.
b) Fotocopia del título académico exigido o del documento oficial de solicitud del
mismo y abono de los derechos de su expedición, acompañados del original
para su consulta.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante
expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio de
cualesquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
d) Declaración jurada o promesa de no tener otro empleo público en el
momento de la toma de posesión del puesto, así como de no ejercer actividades
privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad
con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
e) Certificación acreditativa de la condición de funcionaria/o de carrera,
estatutario de las administraciones públicas, o funcionaria/o de la
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional perteneciente a
grupos o escalas del grupo A-1 de clasificación profesional.
En el caso de empleada/os pública/os pertenecientes a la Diputación Provincial
de Badajoz quedarán exentos de presentar la documentación referida en los
apartados a), b) y e) anteriores que ya obre en esta administración.
2.- La resolución de designación se motivará con referencia al cumplimiento por parte de el/la
candidato/a elegido/a de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la
competencia para proceder a la misma. En la misma se hará referencia al puesto adjudicado y
al puesto de origen en el que cesa su adscripción definitiva o provisional, en su caso.
Dicha resolución se hará pública a través del Boletín Oficial de la Provincia, Oficina de Atención
a la Ciudadanía y pagina web de la Diputación de Badajoz.
3.- Toma de posesión.
El plazo para tomar posesión será de 3 días hábiles si no implica cambio de residencia del
empleado/a adjudicatario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al
servicio activo.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario, y en consecuencia no
generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las
excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Séptima. Derechos y deberes del personal directivo designado.
Lo/as directivo/as profesionales, como empleado/as público/as, tendrán los derechos
legalmente establecidos en el artículo 14 y 15 del Real Decreto Legislativo 5/2015, en todo lo
que le resulte de aplicación y con las especialidades que en virtud de su cargo prevé el artículo
13 del citado texto legal, tal y como la fijación de los objetivos y los resultados a conseguir, con
el objeto de asegurar una adecuada evaluación del desempeño.
Su actuación tendrá que regirse por los principios éticos y el código de conducta regulados en
los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015 citado.
Al personal directivo le será de aplicación el acuerdo para el personal vigente, en cada
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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