Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (05013/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir, en comisión de servicios, dos puesto de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico
del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
Para poder participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera, perteneciente a la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Básica o Ejecutiva, subgrupo C1, categoría de
Agente.
b) Pertenecer a cualquiera de los cuerpos de la Policía Local o ser Policía de los ayuntamientos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura que no hayan constituido cuerpo.
c) Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos 2 años para el pase a la situación de segunda actividad
por razón de edad.
d) Llevar un mínimo de un año prestando servicios en el último puesto adquirido con carácter definitivo.
e) Contar con la conformidad del Ayuntamiento de procedencia.
f) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución
firme, no teniéndose en cuenta a estos efectos las ya canceladas.
g) No encontrarse cumpliendo una sanción disciplinaria impuesta por resolución firme a través del
correspondiente procedimiento, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública en virtud de
resolución disciplinaria o judicial firmes.
Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes para participar en el proceso selectivo y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse,
en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en estas bases.
Tercera. Publicaciones.
Todos los anuncios relacionados con esta convocatoria, así como los acuerdos de la Comisión de Valoración se harán
públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
Cuarta. Solicitudes.
4.ª.1. Solicitudes: En la solicitud, para participar en la presente convocatoria, se hará constar que reúnen todos
y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda y que en caso de ser
propuestos aportarán la autorización de su Ayuntamiento de origen para el nombramiento, como se recoge
en el anexo I a esta convocatoria.
Junto a la solicitud se acompañará: Fotocopia del DNI; certificación, expedida por la Secretaría del
Ayuntamiento de procedencia, acreditativa de los requisitos determinados en la base segunda excepto en lo
relativo al puntos e), que podrá ser acreditada antes del nombramiento, tal como se indican en la base
novena.
Los documentos presentados serán originales o copias compulsadas exclusivamente por los servicios
administrativos del registro donde se presente la solicitud.
4.ª.2. Lugar y plazo de presentación: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el
registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de
la Ley del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicadas las
bases integras de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
Quinta. Admisión de personas candidatas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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