Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04985/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural de Llera
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Ayuntamiento de Llera

Anuncio 4985/2024

g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de
corrección y colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material tanto del proyecto como de
la entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las
herramientas que les sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo
conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso
de los mismos, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno en tales
circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en
actividades desarrolladas en el Colaborativo Rural Ateneo y por personal perteneciente al
mismo y, por tanto, autorizado para ello.
j) Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido
el período de descanso establecido.
k) Informar al proyecto, dentro de la primera hora de la jornada en que no asista, de la no
asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de
incorporación al centro.
l) Comunicar al equipo técnico-docente cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del
personal del proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
m) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a
disposición del Colaborativo Rural Ateneo.
n) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las
protecciones y medios que se ponen a su disposición.
2.- Se establecen las siguientes prohibiciones a las que deberán atenerse los alumnos/as-trabajadores/as:
a) Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares
durante la totalidad de la jornada laboral, tanto en el centro de formación como en los
entornos de trabajo o en cualquier otra actividad organizada por el Colaborativo Rural Ateneo.
b) Se prohíbe el consumo y/o la tenencia de drogas ilegales y alcohol en el centro de trabajo.
c) Solo se puede fumar tabaco en los lugares permitidos y durante los tiempos de descanso
establecidos.
d) Se prohíbe la utilización de dispositivos móviles, excepto en los períodos de descanso, salvo
circunstancias excepcionales y previa autorización del personal docente y/o técnico
responsable en cada momento. Si algún alumno/a-trabajador/a necesita estar localizable, se
habilitará a estos efectos al teléfono del centro.
e) Se prohíbe el uso de reproductores audiovisuales, con o sin auriculares, durante las clases o
el tiempo de trabajo, excepto por razones didácticas y siempre bajo la instrucción del equipo
docente.

Artículo 10.- Jornada y horario de trabajo.
1.- La jornada laboral del Colaborativo Rural Ateneo será de 37.30 horas semanales.
2.- Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas
a trabajo efectivo.
3.- Los horarios se establecerán en función de las necesidades y eficacia del proyecto y, en todo caso, de
conformidad con lo que en su caso establezca por la normativa específica aplicable al proyecto concreto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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