Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04945/2024)
Extracto de la aprobación de la convocatoria de ayudas del programa de colaboración económica municipal del servicio respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales, financiado por la Junta de Extremadura
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 4945/2024

programa de respiro familiar.

Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la pagina web, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Don Benito y en la sede.donbenito.es.
Cuarto.- Servicios del respiro familiar y cuantías:
Para facilitar el descanso, así como la cobertura de las necesidades puntuales derivadas de la conciliación de
la vida personal, familiar y laboral, de las personas cuidadoras habituales no profesionales que conviven cada
día con las personas a las que atiende, serán objeto de financiación la prestación de los servicios que se
definen a continuación:
1) Acompañamiento y asistencia domiciliaria:
- Máximo 48 horas por persona atendida al año que se podrán distribuir como
mejor convenga a las personas cuidadoras habituales no profesionales.
- Coste de la hora: Coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
2) Acompañamiento circunstancial y actividades puntuales de ocio en horario diurno, nocturno,
en tiempo libre, en fines de semana y en periodos vacacionales, así como descansos en
hospitalizaciones parciales ambulatorias, acompañamientos a servicios especializados
ambulatorios, postoperatorios y otros servicios transitorios análogos.
- Duración mínima de la actividad: 5 horas.
- Duración máxima de la actividad: 30 horas al año.
- Coste de la hora: coste de una persona cuidadora según convenio colectivo.
El servicio de respiro puede coincidir con el horario de la comida de la persona
atendida que requiere de los cuidados, siendo función del profesional que presta
el servicio supervisar el desarrollo correcto de la misma.
El coste de los alimentos no está incluido en el servicio de respiro.
3) Asistencia en establecimiento externo no socio-sanitario:
Las actividades irán dirigidas a realizar el respiro en otro tipo de
establecimientos no socio-sanitarios, siempre que cuenten con los elementos
necesarios para ello.
Se incluirán las actividades de ocio que procedan tales como: asistencia a la
playa, montaña, campamentos, etc.
La entidad beneficiaria se responsabilizará de la seguridad de las personas
atendidas.
- Duración mínima de la actividad: una semana.
- Coste máximo de la actividad por persona: 500,00 euros.
Los servicios profesionales en los apartados 1, 2 y 3, para prestar servicios de
atención a las personas con discapacidad o entidades y/o empresas externas, el
servicio será prestado como mínimo, por personal del grupo III Técnico según lo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 5