Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04948/2024)
Bases para cubrir diferentes plazas, laboral fijo, por proceso de estabilización de empleo temporal mediante sistema de concurso
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 4948/2024
Común de las Administraciones Públicas. En la instancia se hará constar la titulación oficial que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la convocatoria.
5.4. Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 25/04/2012), se fijan las
siguientes cantidades en función de los correspondientes grupos, cuyo importe se hará efectivo dentro del
plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuenta ES57
2085 4512 38 0330014466.
Grupo de clasificación
Grupos A1/A2/C1
Cuantía
12,25 €
Grupos C2/AP
8,20 €
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Pruebas selectivas a
una plaza de _______________________________________, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de la
persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
6.ª.- Admisión de aspirantes.
6.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOP de Badajoz, se indicarán el lugar, fecha
y hora de realización de los baremos de la fase de concurso, así como la relación de aspirantes excluidos, con
indicación de las causas de exclusión y plazo de subsanación de defectos que se concede a los aspirantes
excluidos.
Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y de
excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación
de la citada resolución, presentando el correspondiente escrito ante el Ayuntamiento de Fuente de Cantos.
Además, las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos se expondrán al público en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.2. Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir
del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios, ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
6.3. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en
tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos,
sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
7.ª.- Órgano de selección.
7.1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado simultáneamente con la aprobación de la
lista de aspirantes admitidos.
7.2. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento
del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Común de las Administraciones Públicas. En la instancia se hará constar la titulación oficial que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la convocatoria.
5.4. Derechos de examen: De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 25/04/2012), se fijan las
siguientes cantidades en función de los correspondientes grupos, cuyo importe se hará efectivo dentro del
plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuenta ES57
2085 4512 38 0330014466.
Grupo de clasificación
Grupos A1/A2/C1
Cuantía
12,25 €
Grupos C2/AP
8,20 €
En el documento de pago deberá figurar: "Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Pruebas selectivas a
una plaza de _______________________________________, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de instancias, determinará la exclusión de la
persona aspirante, no pudiendo ser subsanable este defecto.
No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas
selectivas por causa imputable a la persona interesada.
6.ª.- Admisión de aspirantes.
6.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOP de Badajoz, se indicarán el lugar, fecha
y hora de realización de los baremos de la fase de concurso, así como la relación de aspirantes excluidos, con
indicación de las causas de exclusión y plazo de subsanación de defectos que se concede a los aspirantes
excluidos.
Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y de
excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación
de la citada resolución, presentando el correspondiente escrito ante el Ayuntamiento de Fuente de Cantos.
Además, las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos se expondrán al público en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
6.2. Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir
del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios, ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
6.3. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en
tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos,
sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
7.ª.- Órgano de selección.
7.1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado simultáneamente con la aprobación de la
lista de aspirantes admitidos.
7.2. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento
del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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