Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). (04948/2024)
Bases para cubrir diferentes plazas, laboral fijo, por proceso de estabilización de empleo temporal mediante sistema de concurso
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 4948/2024
a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados
en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación requerida para cada plaza y prevista en la base 2.ª. En el
caso de que las titulaciones a que se refiere este apartado se hayan obtenido en el extranjero,
deberá haberse concedido la correspondiente homologación.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere
la base 5.4.
4.2. Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes o instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
5.ª.- Solicitudes.
5.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud
que será facilitado gratuitamente el Ayuntamiento y en el que se debe manifestar que se reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas en la base 4.ª.
5.2. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del
siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y deberá ir
acompañada de los siguientes documentos:
Del DNI.
Título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la convocatoria, o en su defecto,
justificante del pago de las tasas para su expedición.
Del justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro del plazo
legal concedido para ello.
Así como de los documentos, acreditativos de los méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser
valorados en el concurso.
En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen, supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento, o a
instancia del interesado, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
5.3. La solicitud se dirigirá a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos y se presentará,
alternativamente, por cualquiera de los medios siguientes:
a) En el registro del Ayuntamiento presencialmente.
b) A través de la sede electrónica municipal (https://sede.fuentedecantos.es/)
c) Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Tener la nacionalidad española, o hallarse incurso en alguno de los supuestos contemplados
en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de la titulación requerida para cada plaza y prevista en la base 2.ª. En el
caso de que las titulaciones a que se refiere este apartado se hayan obtenido en el extranjero,
deberá haberse concedido la correspondiente homologación.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere
la base 5.4.
4.2. Todos los requisitos deberán poseerse por los aspirantes en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes o instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
5.ª.- Solicitudes.
5.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud
que será facilitado gratuitamente el Ayuntamiento y en el que se debe manifestar que se reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas en la base 4.ª.
5.2. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del
siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y deberá ir
acompañada de los siguientes documentos:
Del DNI.
Título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la convocatoria, o en su defecto,
justificante del pago de las tasas para su expedición.
Del justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen dentro del plazo
legal concedido para ello.
Así como de los documentos, acreditativos de los méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser
valorados en el concurso.
En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen, supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento, o a
instancia del interesado, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
5.3. La solicitud se dirigirá a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos y se presentará,
alternativamente, por cualquiera de los medios siguientes:
a) En el registro del Ayuntamiento presencialmente.
b) A través de la sede electrónica municipal (https://sede.fuentedecantos.es/)
c) Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
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