Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (04822/2024)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Conserje, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 4822/2024

a) En primer lugar, se desarrollará una fase de oposición que constará de dos pruebas selectivas que serán
obligatorios para todos los aspirantes y que tendrán carácter eliminatorio. Para la realización de una prueba
se precisa haber superado la anterior.
b) Posteriormente, se deberá superar una fase de prácticas evaluables y eliminatorias que tendrá una
duración de dos meses.
Octava.- Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la superación sucesiva de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
1.º.- Primera prueba.
a) A desarrollar por escrito, tipo test, que consistirá en contestar, en un tiempo máximo de noventa minutos,
un test de cincuenta y cinco preguntas con tres respuestas alternativas de las cuales solo una podrá ser la
correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa, de las mencionadas plazas, incluido en el
anexo II de esta convocatoria.
2.º.- Segunda prueba. Consistirá en superar una prueba de carácter práctico, durante un periodo máximo de sesenta
minutos, y consistirá en la realización de uno o varios supuestos de carácter práctico, iguales para todos los opositores, que
planteará el tribunal, que serán concernientes a las funciones del puesto al que se opta, en función de la categoría a la que
se opta y relacionada con las materias específicas contenidas y establecidas, para el puesto al que se aspira, en el anexo II de
esta convocatoria y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes en relación al puesto a
desempeñar.
En la realización de las pruebas escritas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Novena.- Calificación de la fase de oposición.
1.º.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
2.º.- Valoración de la primera prueba.
a) En la prueba tipo test, se valorarán las primeras cincuenta preguntas, quedando en reserva las
comprendidas entre la cincuenta y una y la cincuenta y cinco, por si el Tribunal anulara alguna pregunta, por
entenderla mal formulada o no ajustada al temario. Se calificará a razón de 0,2 puntos por cada pregunta
respondida totalmente correcta, no puntuándose las preguntas no contestadas. Será necesario obtener un
mínimo de 5 puntos para superarla.
Finalizada y corregida la prueba, el Tribunal hará pública la plantilla de preguntas y respuestas del test. Las personas que lo
han realizado, si lo estiman, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante
escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de tres días hábiles a partir del anuncio de publicación de resultados.
3.º.- Valoración de la segunda prueba. La prueba práctica se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 5 puntos para superarla. La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación
definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o
superior a 2 puntos.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las personas que lo han superado,
disponiendo las personas interesadas de un plazo de tres días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
4.º.- Calificación definitiva de la fase de oposición: La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de
las puntuaciones alcanzadas, por los aspirantes declarados aptos en cada una de las pruebas, determinándose el orden de
la clasificación definitiva.
En caso de empate el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la segunda prueba, si se
mantiene el empate se optará, de entre estos aspirantes, por el que menos preguntas haya contestado erróneamente en la
primera prueba y de seguir persistiendo se recurrirá a quienes menos preguntas hayan dejado sin contestar en esa prueba.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de la plaza, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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