Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (04822/2024)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Conserje, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 4822/2024

la Alcaldía requerirá del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los
propuestos, para su posible nombramiento.
Décima.- Relación de aprobados en la fase de oposición y presentación de documentos.
1.º.- Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la contratación en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
2.º.- Presentación de documentos: La persona propuesta estará obligada a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
c) En su caso, certificado oficial que acredite discapacidad y dictamen técnico facultativo.
d) Certificado de delitos de naturaleza sexual.
La persona seleccionada deberá superar un reconocimiento médico realizado por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este
Ayuntamiento, que acredite su capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos y condiciones exigidas en
la convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, quedarán automáticamente decaído en sus derechos, quedando sin efectos
la totalidad de las actuaciones relativas a las mismas. Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el
nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, a consecuencia de
la referida decaída de derechos.
El Ayuntamiento de Ribera del Fresno se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Úndecima.- Fase de periodo de prácticas.
1.º.- Periodo de prácticas y duración: Para obtener la condición de personal laboral fijo, el trabajador en prácticas deberá
superar una fase de prácticas remuneradas, evaluables y eliminatorias que tendrá una duración de dos meses.
2.º.- Contenido del periodo de prácticas: Durante esta fase el trabajador en prácticas realizarán las funciones propias del
puesto de trabajo al que optan, adscritos al Servicio. Compaginarán el desempeño de las funciones con formación teórica en
prevención de riesgos laborales, con el conocimiento de los servicios, de los edificios e instalaciones municipales y otros
espacios públicos.
3.º.- Evaluación de las prácticas: Se realizará el seguimiento necesario de la actuación del aspirante para constatar las
aptitudes y actitudes personales, respecto al ejercicio de sus funciones. A estos efectos, se le asignará como tutor al
Encargado de Obras, que informará del cumplimiento de la fase de prácticas.
Al finalizar el periodo de prácticas, se recabará información del tutor asignado y se emitirá un informe motivado sobre el
trabajo realizado en este periodo de práctica, con la calificación de "apta" o "no apta", según proceda.
La persona que no supere el período de prácticas por haber obtenido la calificación de "no apta" perderá todos los derechos
a su nombramiento.
Quien haya obtenido la clasificación de apto o apta en el periodo de prueba, adquirirá la plena condición de personal laboral
fijo. Adquirida dicha condición, le será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
4.º.-Convalidación de la fase de prácticas: Quedan exentas de realizar esta fase aquellas personas aspirantes que acrediten
servicios prestados, en la misma categoría, en este Ayuntamiento, durante un mínimo de un año.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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