Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (04822/2024)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Conserje, mediante el sistema de oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 4822/2024
e) Estar en posesión o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para la
obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos laborales.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de
Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
g) Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar justificante del ingreso efectuado
en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán en el registro
general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá
adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
Sólo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el registro general del Ayuntamiento en la fecha
en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en
el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 8,00 euros (BOP número 144, 29/07/2022).
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Listas provisionales de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la página web www.riberadelfresno.es contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las
causas de exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) Estar en posesión o haber finalizado los estudios y abonados los derechos correspondientes para la
obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos laborales.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la citada
equivalencia.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de
Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
g) Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar justificante del ingreso efectuado
en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán en el registro
general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá
adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se presentarán en sobre
abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias.
Sólo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en el registro general del Ayuntamiento en la fecha
en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en
el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 8,00 euros (BOP número 144, 29/07/2022).
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Listas provisionales de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada las listas provisionales de aspirantes admitidos y
excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la página web www.riberadelfresno.es contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las
causas de exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin
necesidad de nueva publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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