Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04756/2024)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Arquitectos/as Superiores, mediante el sistema de oposición libre
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 4756/2024
Primero: Acceder en la página web municipal (aytobadajoz.es) al siguiente enlace:
Oficina y documentación (descripción de trámites):
Trámites online/Recursos Humanos.
Solicitud de convocatoria pública de empleo.
Segundo: Cumplimentar y firmar el formulario de solicitud correspondiente a esta convocatoria. El formulario
de solicitud deberá cumplimentarse y descargarse el fichero PFD generado para su ulterior presentación en
registro, ya se presente a través de registros electrónicos o de forma presencial. No se admitirá ninguna
solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a
disposición en la ruta especificada en este apartado.
Tercero: Realizar el abono de tasas a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las
entidades bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero
automático. En el supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o
validada mecánicamente por la entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la
autoliquidación deberá venir acompañada del resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria,
generándose una vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
En cualquier caso, tanto el modelo de autoliquidación como el justificante del pago deberán contener el
nombre y apellidos o número de DNI de la persona aspirante, así como el nombre de la convocatoria para la
que se realiza el pago.
Cuarto: Presentar telemáticamente la solicitud generada en el paso primero a través del enlace presentación
de solicitudes o a través del registro general o electrónico, en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañando la siguiente documentación:
a) Resguardo justificativo del abono de tasas o documentación acreditativa de estar exento de
abono, así como justificación de reducción de tasas, según lo establecido en el apartado 4.1.
b) Fotocopia del DNI.
c) Fotocopia de la titulación requerida.
En el caso de las personas aspirantes que deseen optar a la reserva de llamamientos para el personal con
discapacidad, documentación acreditativa del reconocimiento del grado de discapacidad (igual o superior al
33%).
Asimismo, las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que presenten esta acreditación
tendrán derecho a realizar las pruebas de selección con medidas de adaptación de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios. Para ello, deberán indicar en la solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios que precisen para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria,
siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción o menoscabo del nivel
de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad mediante certificado expedido por el órgano competente.
En estos casos, la solicitud deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el Tribunal Calificador pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. No obstante, el Tribunal Calificador podrá
recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Médicos del
Ayuntamiento de Badajoz.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 12
Anuncio 4756/2024
Primero: Acceder en la página web municipal (aytobadajoz.es) al siguiente enlace:
Oficina y documentación (descripción de trámites):
Trámites online/Recursos Humanos.
Solicitud de convocatoria pública de empleo.
Segundo: Cumplimentar y firmar el formulario de solicitud correspondiente a esta convocatoria. El formulario
de solicitud deberá cumplimentarse y descargarse el fichero PFD generado para su ulterior presentación en
registro, ya se presente a través de registros electrónicos o de forma presencial. No se admitirá ninguna
solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a
disposición en la ruta especificada en este apartado.
Tercero: Realizar el abono de tasas a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las
entidades bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero
automático. En el supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o
validada mecánicamente por la entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la
autoliquidación deberá venir acompañada del resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria,
generándose una vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
En cualquier caso, tanto el modelo de autoliquidación como el justificante del pago deberán contener el
nombre y apellidos o número de DNI de la persona aspirante, así como el nombre de la convocatoria para la
que se realiza el pago.
Cuarto: Presentar telemáticamente la solicitud generada en el paso primero a través del enlace presentación
de solicitudes o a través del registro general o electrónico, en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañando la siguiente documentación:
a) Resguardo justificativo del abono de tasas o documentación acreditativa de estar exento de
abono, así como justificación de reducción de tasas, según lo establecido en el apartado 4.1.
b) Fotocopia del DNI.
c) Fotocopia de la titulación requerida.
En el caso de las personas aspirantes que deseen optar a la reserva de llamamientos para el personal con
discapacidad, documentación acreditativa del reconocimiento del grado de discapacidad (igual o superior al
33%).
Asimismo, las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% que presenten esta acreditación
tendrán derecho a realizar las pruebas de selección con medidas de adaptación de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios. Para ello, deberán indicar en la solicitud, en su caso, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios que precisen para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria,
siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción o menoscabo del nivel
de suficiencia exigible, acreditando la discapacidad mediante certificado expedido por el órgano competente.
En estos casos, la solicitud deberá adjuntar el dictamen médico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el Tribunal Calificador pueda valorar la
procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada. No obstante, el Tribunal Calificador podrá
recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Médicos del
Ayuntamiento de Badajoz.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 12