Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04704/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir dos plazas de Trabajador/a Social, personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 4704/2024
total de la puntuación máxima, ni los méritos académicos menos de un 40%.
En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado 3.2., relativo a la prohibición de que los procesos sean
restringidos. Ello implica que ni formal ni materialmente supongan la imposibilidad real de que personas distintas de
quienes vengan ocupando los puestos se presenten a las mismas y, en caso de tener la puntuación necesaria, puedan
obtener la plaza.
FASE DE CONCURSO
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 100 puntos:
7. A. Experiencia profesional (60 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/a contratación temporal o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
A.1.- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Fuente del Maestre), por servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo cuerpo o escala
o como personal laboral temporal en la misma categoría profesional de la plaza convocada, se otorgarán 0,45
puntos.
A.2.- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Fuente del Maestre) o en el Organismo Autónomo Patronato Centro Especial de Empleo "Ciudad de Fuente
del Maestre", por servicios prestados como personal funcionario interino en otros cuerpos o escalas o como
personal laboral temporal en otras categorías profesionales distintas a la plaza convocada se otorgarán 0,40
puntos.
A.3.- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación o categoría profesional que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,15 puntos.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido de oficio por el Departamento de Personal, que lo remitirá al Tribunal de
selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad, acompañados de vida laboral actualizada, debiendo constar la siguiente información:
Puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha
de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completos. Los servicios prestados en jornada a
tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose las fracciones de tiempo de servicio
inferiores a un mes.
Se computarán como periodos de servicios prestados a todos los efectos los correspondientes a las siguientes
situaciones: Excedencia por cuidado de hijos o familiares, excedencia por razón de violencia de género,
excedencia forzosa, servicios especiales, incapacidad laboral temporal, permisos de maternidad y paternidad,
por situación de riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante contrato
administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
7.B. Formación (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta
los méritos adquiridos con anterioridad a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. No
se valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos
aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los
mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se valorarán los siguientes méritos:
Formación. Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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total de la puntuación máxima, ni los méritos académicos menos de un 40%.
En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado 3.2., relativo a la prohibición de que los procesos sean
restringidos. Ello implica que ni formal ni materialmente supongan la imposibilidad real de que personas distintas de
quienes vengan ocupando los puestos se presenten a las mismas y, en caso de tener la puntuación necesaria, puedan
obtener la plaza.
FASE DE CONCURSO
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 100 puntos:
7. A. Experiencia profesional (60 puntos máximo).
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/a contratación temporal o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
A.1.- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Fuente del Maestre), por servicios prestados como personal funcionario interino en el mismo cuerpo o escala
o como personal laboral temporal en la misma categoría profesional de la plaza convocada, se otorgarán 0,45
puntos.
A.2.- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Fuente del Maestre) o en el Organismo Autónomo Patronato Centro Especial de Empleo "Ciudad de Fuente
del Maestre", por servicios prestados como personal funcionario interino en otros cuerpos o escalas o como
personal laboral temporal en otras categorías profesionales distintas a la plaza convocada se otorgarán 0,40
puntos.
A.3.- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación o categoría profesional que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,15 puntos.
Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido de oficio por el Departamento de Personal, que lo remitirá al Tribunal de
selección y al interesado.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad, acompañados de vida laboral actualizada, debiendo constar la siguiente información:
Puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha
de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completos. Los servicios prestados en jornada a
tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose las fracciones de tiempo de servicio
inferiores a un mes.
Se computarán como periodos de servicios prestados a todos los efectos los correspondientes a las siguientes
situaciones: Excedencia por cuidado de hijos o familiares, excedencia por razón de violencia de género,
excedencia forzosa, servicios especiales, incapacidad laboral temporal, permisos de maternidad y paternidad,
por situación de riesgo durante el embarazo, adopción y acogimiento.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni mediante contrato
administrativo o de servicios los prestados, en el sector privado.
7.B. Formación (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta
los méritos adquiridos con anterioridad a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. No
se valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos
aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los
mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se valorarán los siguientes méritos:
Formación. Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados
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