Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04591/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas en especie, equipos de protección individual, a favor de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 4591/2024

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la
Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Base de ejecución número 41 del presupuesto de la Diputación de Badajoz y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su Reglamento y
demás disposiciones.
Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial vigente.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Base 2.- Objeto.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas reguladoras para el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia no competitiva ordinaria, de los municipios de menos de 20.000 habitantes, reconocidas
oficialmente por el censo de la Junta de Extremadura, dentro la provincia de Badajoz dirigidas a la dotación de equipos de
protección individual (EPIS).
El período de entrega de los EPIS objeto de esta subvención se realizará conforme los plazos fijados en el procedimiento de
licitación que la Diputación impulsará en orden a la adquisición de los equipos de protección individual objeto de
subvención.
Base 3.- Finalidad.
La finalidad de esta convocatoria es ofrecer a los municipios, de menos de 20.000 habitantes, la posibilidad de dotarse de
EPIs, para la protección de empleados y empleadas, vinculadas a Subvención AEPSA y/o Programa de Colaboración
Económica Municipal, ante la exposición a riesgos que no han podido evitarse o limitarse suficientemente por medios
técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo, actuaciones
que se enmarcan dentro de la lucha por un trabajo decente, plenamente compatible con los objetivos de desarrollo
sostenible número 3 y 8 de la Agenda 2030, que preside y orienta la acción de gobierno de esta Diputación Provincial.
En concreto, se reconoce como objetivo de desarrollo sostenible dentro de estas actuaciones la salud y bienestar y la
garantía de un trabajo decente que supone promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los
trabajadores.
Base 4.- Naturaleza de la subvención.
Las subvenciones de estas bases, tienen la consideración de ayudas en especie, tal y como recoge la disposición adicional
quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio.
Por tanto, la concesión de subvención y la condición de beneficiario no supondrá derecho alguno de cobro, sino la condición
de beneficiario de los equipos de protección individual contratados previamente por Diputación de Badajoz, con la intención
de otorgarlos a las entidades beneficiarias de la convocatoria.
Base 5.- Dotación presupuestaria.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el importe total de estas
ayudas dotadas con 315.000,00 euros se encuentra consignado en las aplicaciones presupuestarias: "Transferencias de
capital a ayuntamientos: 140 94200 76200 0800" por una cuantía de 296.493,74 euros y "transferencias de capital a
entidades locales menores: 140 94300 76800 0800" por una cuantía de 18.506,26 euros del presupuesto de gastos de esta
Diputación de Badajoz para el ejercicio económico 2024.
Dicho importe inicial podrá verse incrementado en una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria y, que observará el cumplimiento de las reglas establecidas en el artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 20