Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cheles. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04621/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural Ateneo "Los Molinos II"
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Ayuntamiento de Cheles

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Artículo 9.- Faltas.
Las faltas cometidas se clasificarán, atendiendo a su importancia, reincidencia e intención, en leves, graves y
muy graves.
1. Son faltas leves:
a. La incorrección con los compañeros, profesores o visitantes.
b. El descuido en el ejercicio de sus funciones.
c. Tres faltas de puntualidad en un mes, sin causa justificada.
d. La falta injustificada de un día.
e. El incumplimiento de los deberes y obligaciones, siempre que los mismos no deban ser
calificados como falta grave o muy grave.
2. Son faltas graves:
a. Dos faltas injustificadas de un mes.
b. La negligencia inexcusable en el ejercicio de sus funciones.
c. La desobediencia o indisciplina en el trabajo.
d. La grave desconsideración con los compañeros, profesores o visitantes a nuestro proyecto.
e. La reincidencia en la comisión de tres faltas leves durante el desarrollo del proyecto, cuando
hayan mediado sanciones por las mismas.
f. El consumo de alcohol o droga.
g. El incumplimiento de los deberes y obligaciones como alumno/trabajador-a, siempre que los
mismos no deban ser calificados como falta leve o muy grave.
h. El incumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo cuando causen grave
perjuicio para el proyecto.
3. Son faltas muy graves:
a. Tres faltas de asistencia no justificada en un periodo de un mes.
b. El incumplimiento de la obligación de seguir con aprovechamiento las enseñanzas teóricoprácticas que se imparten.
c. Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión,
lugar de nacimiento, vecindad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
d. El abandono injustificado en el proyecto.
e. Los actos limitativos de la libre expresión de pensamiento, ideas y opiniones.
f. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave al Proyecto o al
Ayuntamiento.
g. La embriaguez y la toxicomanía durante el trabajo, si repercuten negativamente en el mismo
o en la imagen del Proyecto.
h. El tráfico de drogas en el Proyecto.
i. Causar graves daños en los locales, material o documentos y bienes del Ayuntamiento, de los
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