Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (04601/2024)
Bases y convocatoria para la constitución de una lista de espera de Administrativo/a mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Hornachos
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Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por
el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco
puntos para superar cada ejercicio, que consistirán en:
a) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en noventa minutos, un cuestionario de
cien preguntas, más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la
correcta, basadas en el temario anexo.
Cada respuesta correcta sumará 0,1 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las
respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal de Selección en un plazo de tres días
hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla de respuestas en la página web del
Ayuntamiento.
Si el Tribunal Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas
en dicha web, junto con la publicación del listado de aspirantes que superen la prueba y junto con la
convocatoria para la realización del segundo ejercicio para los aspirantes que hayan superado el primero.
b) Segunda prueba: Únicamente se realizará por los aspirantes que hayan superado el primero de los
ejercicios y consistirá en contestar a tres supuestos prácticos, de entre cinco propuestos, durante un tiempo
máximo de dos horas, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la
plaza objeto de la convocatoria.
La prueba práctica, se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para superarla.
El resultado del ejercicio será publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del mismo,
otorgándose un plazo de tres días hábiles para las posibles reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se publicará la nota final de la fase de oposición
que será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios superados. En caso de empate, se resolverá
por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo
ejercicio, y si persistiese el empate, se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de aplicación general a todas
las listas de espera para la contratación de la Comunidad Autónoma y que se hace pública en el DOE.
Séptima.- Relación ordenada de aprobados y presentación de documentación.
1. Concluida la calificación, el Tribunal Calificador hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación,
y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para la constitución de la bolsa.
2. Con ocasión del nombramiento interino o contratación laboral, las personas llamadas de la bolsa de trabajo deberán
presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga
pública la lista ordenada de aprobados, los documentos originales o fotocopias compulsadas acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta no presentase la documentación
relacionada o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombrada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el
oposición. En este caso, la Alcaldía formulará propuesta a favor de la persona siguiente en la lista ordenada.
Octava.- Funcionamiento de la bolsa.
1. Concluido el proceso selectivo y derivado del mismo, se procederá a confeccionar una lista de espera o bolsa de trabajo
para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as o contratación de personal laboral.
2. La lista de espera se formará mediante el orden establecido en la lista ordenada de personas aspirantes que han
superado el proceso a la que se añadirá a continuación las personas que hayan aprobado el primer ejercicio, ordenadas por
la puntuación obtenida en el mismo, resolviéndose los empates por sorteo.
3. Los aspirantes integrantes de la bolsa serán llamados para futuros nombramientos o contrataciones siguiendo el orden
establecido en la lista, para lo que deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2, mediante la
presentación de la documentación prevista en el plazo improrrogable de 5 días hábiles.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por
el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco
puntos para superar cada ejercicio, que consistirán en:
a) Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en noventa minutos, un cuestionario de
cien preguntas, más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la
correcta, basadas en el temario anexo.
Cada respuesta correcta sumará 0,1 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las
respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal de Selección en un plazo de tres días
hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla de respuestas en la página web del
Ayuntamiento.
Si el Tribunal Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas
en dicha web, junto con la publicación del listado de aspirantes que superen la prueba y junto con la
convocatoria para la realización del segundo ejercicio para los aspirantes que hayan superado el primero.
b) Segunda prueba: Únicamente se realizará por los aspirantes que hayan superado el primero de los
ejercicios y consistirá en contestar a tres supuestos prácticos, de entre cinco propuestos, durante un tiempo
máximo de dos horas, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la
plaza objeto de la convocatoria.
La prueba práctica, se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para superarla.
El resultado del ejercicio será publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del mismo,
otorgándose un plazo de tres días hábiles para las posibles reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se publicará la nota final de la fase de oposición
que será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios superados. En caso de empate, se resolverá
por la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo
ejercicio, y si persistiese el empate, se atenderá al orden del sorteo de la Junta de Extremadura de aplicación general a todas
las listas de espera para la contratación de la Comunidad Autónoma y que se hace pública en el DOE.
Séptima.- Relación ordenada de aprobados y presentación de documentación.
1. Concluida la calificación, el Tribunal Calificador hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación,
y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación para la constitución de la bolsa.
2. Con ocasión del nombramiento interino o contratación laboral, las personas llamadas de la bolsa de trabajo deberán
presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga
pública la lista ordenada de aprobados, los documentos originales o fotocopias compulsadas acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, la persona propuesta no presentase la documentación
relacionada o no reuniesen los requisitos exigidos, no podrán ser nombrada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el
oposición. En este caso, la Alcaldía formulará propuesta a favor de la persona siguiente en la lista ordenada.
Octava.- Funcionamiento de la bolsa.
1. Concluido el proceso selectivo y derivado del mismo, se procederá a confeccionar una lista de espera o bolsa de trabajo
para el nombramiento de funcionarios/as interinos/as o contratación de personal laboral.
2. La lista de espera se formará mediante el orden establecido en la lista ordenada de personas aspirantes que han
superado el proceso a la que se añadirá a continuación las personas que hayan aprobado el primer ejercicio, ordenadas por
la puntuación obtenida en el mismo, resolviéndose los empates por sorteo.
3. Los aspirantes integrantes de la bolsa serán llamados para futuros nombramientos o contrataciones siguiendo el orden
establecido en la lista, para lo que deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2, mediante la
presentación de la documentación prevista en el plazo improrrogable de 5 días hábiles.
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