Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mengabril. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04562/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Jardinería Mengabril"
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Ayuntamiento de Mengabril

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b) Realizar las tareas concretas que le sea encomendada bajo la dirección del equipo directivodocente, pudiendo ser adoptadas por referido equipo las oportunas medidas de vigilancia y
control para verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del
trabajador participante.
c) Participar activamente y con una actitud adecuada en las clases teóricas complementarias de
su formación integral, cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por el equipo
docente.
d) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la imagen que el programa/proyecto
ofrece al municipio, su entorno y ciudadanos (incluidos sus posibles empleadores futuros).
e) Respetar las normas internas y cumplir y obedecer las órdenes e instrucciones impartidas
por el equipo directivo-docente en el ejercicio de sus funciones, así como personas en quien
estos deleguen.
f) Respetar la dignidad de cuantas personas forma parte del programa/proyecto, así como
mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
g) Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato no sexista y de
corrección y colaboración con ellos/as en el trabajo.
h) Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material tanto del proyecto como de
la entidad promotora.
i) Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las
herramientas que les sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo
conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso
de los mismos, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno en tales
circunstancias.
En este sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en
actividades desarrolladas en el proyecto y por personal perteneciente al mismo, y, por tanto,
autorizado para ello.
j) Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluido
el período de descanso establecido.
k) Informar al proyecto, dentro de la primera hora de la jornada en que no asista, de la no
asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de
incorporación al centro.
l) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del
personal del programa/proyecto, garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
m) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a
disposición del programa/proyecto.
n) Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las
protecciones y medios que se ponen a su disposición.
2.- Se establecen las siguientes prohibiciones a las que deberán atenerse los alumnos/as trabajadores/as:
a) Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares
durante la totalidad de la jornada laboral, tanto en el centro de formación como en los
entornos de trabajo o en cualquier otra actividad organizada por el programa/proyecto.
b) Se prohíbe el consumo y/o la tenencia de drogas ilegales y alcohol en el centro de trabajo.
c) Solo se puede fumar tabaco en los lugares permitidos y durante los tiempos de descanso
establecidos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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