Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA) (Badajoz). (04504/2024)
Aprobación definitiva de varias ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 4504/2024
Base imponible = MBE x Ct x Ca x Cc x Sca
Donde:
MBE: Coste medio regional 450,87 euros/m² construido (*).
Ct: Coeficiente corrector en función del uso y la tipología.
Cc: Coeficiente corrector en función de la calidad de los materiales empleados.
Ca: Coeficiente corrector de actuación, dependiendo del nivel de reforma.
Sca: Superficie construida de la actuación.
Sca = Superficie construida. Es la suma de las superficies de cada planta del edificio, medida dentro de los límites definidos
por las líneas perimetrales de las fachadas, tanto exteriores como interiores cuya altura libre sea superior a 1,50 m. y los
ejes de las medianeras, en su caso.
Las superficies cubiertas no cerradas, balcones, terrazas y pérgolas, se computarán por el 50% de su superficie.
A. Coeficiente corrector en función del uso la tipología de la edificación (CT).
Uso
Vivienda/residencial
Locales comerciales
Tipología
UT
Unifamiliar aislada y pareada
1,20
Unifamiliar entre medianeras y adosadas (1 o 2 viviendas)
1,10
Unifamiliar en hilera (3 o más viviendas)
1,00
Edificio plurifamiliar aislado
0,95
Edificio plurifamiliar entre medianeras
0,90
En planta baja de edificios de viviendas (en bruto) (**)
0,50
Almacenes y locales en otras plantas distintas a la baja (en bruto)
0,70
Local comercial acondicionado sin uso
1,00
Locales comerciales acondicionados
Según PEM
Hipermercados, mercados, supermercados
1,25
Oficinas
Cuando sean anexas a edificios de viviendas, se asimilarán a la
tipología residencial correspondiente en edificios de uso
exclusivo
1,40
Garaje/aparcamiento/trastero
En planta baja de edificios de viviendas
0,55
En planta semisótano de edificio de viviendas
0,65
En cualquier otra planta o edificio de uso público
0,75
Naves sencillas en bruto y sin instalaciones
0,30
Naves sencillas adaptadas
0,40
Edificaciones industriales singulares
0,80
Docente
Preescolar y enseñanzas primaria, secundaria, universitaria o
F.P.
1,40
Sanitario
Hospitales y clínicas
1,80
Dispensarios, botiquines y salas de velatorio
1,15
Hoteles de 4 y 5 estrellas
1,80
Hoteles de 1, 2 y 3 estrellas, moteles y turismo rural
1,20
Pensiones y hostales
1,00
Industrial
Hoteles, asilos y residencias de
ancianos
Residencias de ancianos
1,15
Espect. y ocio
Cines, teatros, discotecas, salas de fiesta, casinos
2,00
Otros edificios singulares
Otros tipos de edificaciones no contempladas en apartados
anteriores (estaciones de autobuses, bibliotecas, museos,
edificios religiosos, Palacios de Congresos, tanatorios, etc.)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Según PEM
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Base imponible = MBE x Ct x Ca x Cc x Sca
Donde:
MBE: Coste medio regional 450,87 euros/m² construido (*).
Ct: Coeficiente corrector en función del uso y la tipología.
Cc: Coeficiente corrector en función de la calidad de los materiales empleados.
Ca: Coeficiente corrector de actuación, dependiendo del nivel de reforma.
Sca: Superficie construida de la actuación.
Sca = Superficie construida. Es la suma de las superficies de cada planta del edificio, medida dentro de los límites definidos
por las líneas perimetrales de las fachadas, tanto exteriores como interiores cuya altura libre sea superior a 1,50 m. y los
ejes de las medianeras, en su caso.
Las superficies cubiertas no cerradas, balcones, terrazas y pérgolas, se computarán por el 50% de su superficie.
A. Coeficiente corrector en función del uso la tipología de la edificación (CT).
Uso
Vivienda/residencial
Locales comerciales
Tipología
UT
Unifamiliar aislada y pareada
1,20
Unifamiliar entre medianeras y adosadas (1 o 2 viviendas)
1,10
Unifamiliar en hilera (3 o más viviendas)
1,00
Edificio plurifamiliar aislado
0,95
Edificio plurifamiliar entre medianeras
0,90
En planta baja de edificios de viviendas (en bruto) (**)
0,50
Almacenes y locales en otras plantas distintas a la baja (en bruto)
0,70
Local comercial acondicionado sin uso
1,00
Locales comerciales acondicionados
Según PEM
Hipermercados, mercados, supermercados
1,25
Oficinas
Cuando sean anexas a edificios de viviendas, se asimilarán a la
tipología residencial correspondiente en edificios de uso
exclusivo
1,40
Garaje/aparcamiento/trastero
En planta baja de edificios de viviendas
0,55
En planta semisótano de edificio de viviendas
0,65
En cualquier otra planta o edificio de uso público
0,75
Naves sencillas en bruto y sin instalaciones
0,30
Naves sencillas adaptadas
0,40
Edificaciones industriales singulares
0,80
Docente
Preescolar y enseñanzas primaria, secundaria, universitaria o
F.P.
1,40
Sanitario
Hospitales y clínicas
1,80
Dispensarios, botiquines y salas de velatorio
1,15
Hoteles de 4 y 5 estrellas
1,80
Hoteles de 1, 2 y 3 estrellas, moteles y turismo rural
1,20
Pensiones y hostales
1,00
Industrial
Hoteles, asilos y residencias de
ancianos
Residencias de ancianos
1,15
Espect. y ocio
Cines, teatros, discotecas, salas de fiesta, casinos
2,00
Otros edificios singulares
Otros tipos de edificaciones no contempladas en apartados
anteriores (estaciones de autobuses, bibliotecas, museos,
edificios religiosos, Palacios de Congresos, tanatorios, etc.)
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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