Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (04406/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Embelleciendo Puebla"
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez

Anuncio 4406/2024

• Respetar y cumplir las normas internas del centro.
CAPÍTULO VI. DE LOS/AS ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS
Artículo 12.- Derechos
• Que se respete su dignidad personal
• Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica,
nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, o cualquier
otra condición o circunstancia personal o social.
• Recibir una formación conforme a los objetivos del Programa y a las necesidades y posibilidades personales de cada
alumno.
• Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
• Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del Programa para los fines que le son propios.
• Disponer del vestuario y utensilios adecuado para el desempeño de sus tareas con- forme a las normas de seguridad e
higiene en el trabajo.
• Elegir a sus delegados y representantes.
• Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título personal o a través
de su delegado.
• Los propios del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 13.- Deberes.
• Respetar las normas internas del centro y las instrucciones del personal técnico en el ejercicio de las funciones que cada
uno tenga encomendadas.
• Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del Programa, así como mantener una actitud cívica en su
comportamiento personal.
• Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan de Formación y realizar de forma responsable las tareas efectivas que se
deriven del mismo.
• Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuan- tas tareas se realicen durante la jornada.
Comunicarán con antelación cualquier salida del puesto de trabajo que tengan que realizar (médico, notario, examen…).
• Respetar las instalaciones, mobiliario y material del centro.
• Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su trabajo,
reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
• Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo. Nunca deben quitarse los equipos de
protección individual necesarios para realizar las tareas.
• Aplicar las buenas prácticas ambientales en el puesto de trabajo.
• Los propios del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 14.- Asistencia.
• El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor/a, a quien tendrá
que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una falta por abandono del puesto de trabajo y, en
caso de producirse reiteración en dicha conducta, se procederá a abrir expediente disciplinario.
• El justificante de haber asistido a consulta no justifica todo el día de trabajo.
• En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por parte del equipo técnico,
atendiendo a cada circunstancia personal.
• Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no serán descontadas del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 9