Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (04345/2024)
Reglamento relativo al funcionamiento de las bolsas de trabajo del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
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3. El cambio de situación de "disponible" a "llamado" y viceversa, se realizará de oficio por el Área de RR. HH.
4. Las causas que justifican el rechazo de una oferta de contrato o nombramiento de funcionaria/o interina/o, son las
siguientes:
a) Por razón de enfermedad que le impida el desempeño del trabajo al momento del llamamiento. Esta
situación se justificará mediante la aportación de la correspondiente baja médica o certificación oficial del
médico de familia. Aquellos/as integrantes de las Bolsas que no superaren el reconocimiento médico de
manera temporal, desde dicho momento y hasta que el trabajador presente certificado médico oficial que
acredite la capacidad para el desempeño del puesto. En este supuesto, la persona interesada deberá pasar
reconocimiento médico antes de la contratación en el Servicio Médico Municipal.
b) Por maternidad/paternidad o adopción, durante el tiempo que legalmente corresponda. Esta situación se
justificará con fotocopia del libro de familia o en su defecto informe médico de maternidad
c) Por encontrarse en alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en cualquiera de sus regímenes
especiales en el momento del llamamiento o iniciar tal prestación dentro del mes siguiente a la fecha de inicio
del contrato o nombramiento ofertado. Esta situación se justificará con Vida Laboral actualizada emitida por
la Tesorería General de la Seguridad Social, Certificado de Servicios Prestados emitido por Administración
Pública, o copia del contrato o nombramiento.
d) Por ser cuidador principal de persona dependiente. Esta situación se justificará por medio de
documentación acreditativa de tal condición.
e) Por ejercer cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
5. Alegado por la/el integrante de la bolsa alguna de las causas indicadas, tal circunstancia se anotará en el registro
correspondiente dejando constancia de la misma, de la fecha del llamamiento y de que se ha informado al/la integrante de
que desde ese mismo momento pasa a la situación de "suspenso/a pendiente de justificar", dándole lectura del párrafo
siguiente, el cual le será igualmente remitido por correo electrónico a la dirección que conste en el expediente:
"Habiendo comunicado al Servicio de RR. HH. del Ayuntamiento de Badajoz de que se da una de las causas
que justifican el rechazo a una oferta de trabajo, se le informa de que dispone del plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la realización de la presente notificación, para presentar la documentación necesaria
según lo dispuesto en el Reglamento regulador de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Badajoz. Dicha
documentación deberá remitirla por cualquiera de los siguientes medios:
- A través de la sede electrónica, junto al "Formulario de comunicación relativa a bolsas de
trabajo".
- A través de cualquiera de las oficinas de registro de cualquier Administración Pública, junto a
escrito donde haga constar su solicitud y que irá dirigido al Servicio de Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Badajoz.
Presentada la documentación en plazo, y de ser ésta correcta, pasará a la situación de "suspensa/o
justificado", debiendo usted solicitar a esta Administración, por los mismos medios indicados, el pase a la
situación de "disponible" una vez cese el motivo que da lugar la situación de suspenso.
Si transcurriera el plazo indicado de un mes sin que hubiera sido presentada la documentación necesaria, se
le excluirá de la citada bolsa".
6. El cambio de situación de "suspensa/o justificada/o" a "disponible", se realizará a instancia del/a integrante de la bolsa,
condicionada en su caso a su justificación documental, y con un periodo de carencia de un mes, desde que se presenta la
solicitud.
Artículo 7.- Llamamientos
1. El servicio de Recursos Humanos realizará los llamamientos atendiendo al orden de la bolsa, teniéndose en cuenta lo
siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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3. El cambio de situación de "disponible" a "llamado" y viceversa, se realizará de oficio por el Área de RR. HH.
4. Las causas que justifican el rechazo de una oferta de contrato o nombramiento de funcionaria/o interina/o, son las
siguientes:
a) Por razón de enfermedad que le impida el desempeño del trabajo al momento del llamamiento. Esta
situación se justificará mediante la aportación de la correspondiente baja médica o certificación oficial del
médico de familia. Aquellos/as integrantes de las Bolsas que no superaren el reconocimiento médico de
manera temporal, desde dicho momento y hasta que el trabajador presente certificado médico oficial que
acredite la capacidad para el desempeño del puesto. En este supuesto, la persona interesada deberá pasar
reconocimiento médico antes de la contratación en el Servicio Médico Municipal.
b) Por maternidad/paternidad o adopción, durante el tiempo que legalmente corresponda. Esta situación se
justificará con fotocopia del libro de familia o en su defecto informe médico de maternidad
c) Por encontrarse en alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en cualquiera de sus regímenes
especiales en el momento del llamamiento o iniciar tal prestación dentro del mes siguiente a la fecha de inicio
del contrato o nombramiento ofertado. Esta situación se justificará con Vida Laboral actualizada emitida por
la Tesorería General de la Seguridad Social, Certificado de Servicios Prestados emitido por Administración
Pública, o copia del contrato o nombramiento.
d) Por ser cuidador principal de persona dependiente. Esta situación se justificará por medio de
documentación acreditativa de tal condición.
e) Por ejercer cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
5. Alegado por la/el integrante de la bolsa alguna de las causas indicadas, tal circunstancia se anotará en el registro
correspondiente dejando constancia de la misma, de la fecha del llamamiento y de que se ha informado al/la integrante de
que desde ese mismo momento pasa a la situación de "suspenso/a pendiente de justificar", dándole lectura del párrafo
siguiente, el cual le será igualmente remitido por correo electrónico a la dirección que conste en el expediente:
"Habiendo comunicado al Servicio de RR. HH. del Ayuntamiento de Badajoz de que se da una de las causas
que justifican el rechazo a una oferta de trabajo, se le informa de que dispone del plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la realización de la presente notificación, para presentar la documentación necesaria
según lo dispuesto en el Reglamento regulador de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Badajoz. Dicha
documentación deberá remitirla por cualquiera de los siguientes medios:
- A través de la sede electrónica, junto al "Formulario de comunicación relativa a bolsas de
trabajo".
- A través de cualquiera de las oficinas de registro de cualquier Administración Pública, junto a
escrito donde haga constar su solicitud y que irá dirigido al Servicio de Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Badajoz.
Presentada la documentación en plazo, y de ser ésta correcta, pasará a la situación de "suspensa/o
justificado", debiendo usted solicitar a esta Administración, por los mismos medios indicados, el pase a la
situación de "disponible" una vez cese el motivo que da lugar la situación de suspenso.
Si transcurriera el plazo indicado de un mes sin que hubiera sido presentada la documentación necesaria, se
le excluirá de la citada bolsa".
6. El cambio de situación de "suspensa/o justificada/o" a "disponible", se realizará a instancia del/a integrante de la bolsa,
condicionada en su caso a su justificación documental, y con un periodo de carencia de un mes, desde que se presenta la
solicitud.
Artículo 7.- Llamamientos
1. El servicio de Recursos Humanos realizará los llamamientos atendiendo al orden de la bolsa, teniéndose en cuenta lo
siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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