Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (04356/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento del servicio público municipal de las instalaciones deportivas de pistas de pádel
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
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treinta minutos, sin superar el máximo de dos consecutivas.
5.- El límite diario de uso de las instalaciones por cada usuario se establece en tres horas.
6.- Los usuarios/as federados dispondrán, para sus entrenamientos, de una pista con horas libres a la semana en el horario
que se estipule para cada temporada. Este horario se podrá consultar en el polideportivo.
7.- Los usuarios/as que realicen una reserva y no se presenten, sin avisar previamente, serán sancionados y no podrán
realizar reservas durante un mes.
8.- Existirá un registro de reservas. En él se escribirá el nombre y apellidos del usuario/a que hace la reserva y la fecha de la
misma.
Artículo 6.- Sistema de cancelación o anulación de reservas.
1.- Para proceder a la anulación por el usuario de una reserva previamente realizada se contactará con el personal del
polideportivo, con una antelación mínima de 24 horas, indicándose el nombre del titular de la reserva, así como la fecha y la
hora reservada. Si se comunica con una antelación inferior no podrá ofrecerse al usuario la posibilidad de cambio de fecha.
2.- De ninguna manera la anulación de la reserva implicará la devolución del importe de las tasas, dándose la opción al
usuario/a para realizar el cambio de la fecha y la hora reservada sin coste alguno.
Artículo 7.- Pago de las tasas.
1.- El abono de las tasas, a excepción de las relativas al alquiler de pista para torneos y competiciones, se efectuará
abonando la correspondiente tasa en el propio polideportivo municipal cubierto con carácter previo al acceso a las
instalaciones deportivas de pista de pádel.
El personal encargado del polideportivo cubierto llevará a cabo la gestión y recaudación de las tasas en la forma que se
indica en este Reglamento.
2.- A efectos de recaudación de estas tasas, la persona encargada del polideportivo actuará como cajero, estando por tanto
autorizado para recibir los ingresos y debiendo dar traslado del dinero ingresado, al menos con una periodicidad mensual, a
la Tesorería del Ayuntamiento para su ingreso en la caja de efectivo.
3.- El sujeto pasivo a efectos de la tasa deberá presentar su Documento Nacional de Identidad o documentación que
legalmente lo sustituya.
4.- Al efectuar el abono de la tasa correspondiente, de la forma establecida en el punto 1 de este artículo, se expedirá el
resguardo de reserva y pago, el cual deberá ser presentado para el acceso a la pista.
5.- El sujeto pasivo está obligado a conservar el resguardo hasta la salida de la pista de pádel. Asimismo, podrá ser requerido
dicho resguardo durante el desarrollo de la actividad por el personal del complejo deportivo, así como por la autoridad
municipal competente.
TÍTULO III. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 8.- Horario de las instalaciones.
1.- El horario de uso de la pista de pádel quedará establecido en la franja horaria máxima diaria de 9:00 a 22:00 horas.
La determinación del concreto horario de apertura para cada temporada se fijará mediante resolución de Alcaldía y se
vinculará a las necesidades del servicio y la disposición de personal encargado del mismo.
2.- Igualmente por resolución de Alcaldía, corresponderá fijar qué horario se considerará como nocturno a efectos de inicio
de iluminación y devengo de la tasa correspondiente.
Artículo 9.- Responsabilidad del usuario.
1.- El Ayuntamiento declina toda responsabilidad de las lesiones que se pudieran originar derivadas de la práctica deportiva.
2.- Los participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos para realizar actividad físicodeportiva.
3.- Una vez concluida la sesión, los usuarios deberán abandonar la pista y recoger todas sus pertenencias, ropa, palas,
pelotas, botellas, botes, etc. El Ayuntamiento no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de cualquier objeto que
se deje en los mismos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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treinta minutos, sin superar el máximo de dos consecutivas.
5.- El límite diario de uso de las instalaciones por cada usuario se establece en tres horas.
6.- Los usuarios/as federados dispondrán, para sus entrenamientos, de una pista con horas libres a la semana en el horario
que se estipule para cada temporada. Este horario se podrá consultar en el polideportivo.
7.- Los usuarios/as que realicen una reserva y no se presenten, sin avisar previamente, serán sancionados y no podrán
realizar reservas durante un mes.
8.- Existirá un registro de reservas. En él se escribirá el nombre y apellidos del usuario/a que hace la reserva y la fecha de la
misma.
Artículo 6.- Sistema de cancelación o anulación de reservas.
1.- Para proceder a la anulación por el usuario de una reserva previamente realizada se contactará con el personal del
polideportivo, con una antelación mínima de 24 horas, indicándose el nombre del titular de la reserva, así como la fecha y la
hora reservada. Si se comunica con una antelación inferior no podrá ofrecerse al usuario la posibilidad de cambio de fecha.
2.- De ninguna manera la anulación de la reserva implicará la devolución del importe de las tasas, dándose la opción al
usuario/a para realizar el cambio de la fecha y la hora reservada sin coste alguno.
Artículo 7.- Pago de las tasas.
1.- El abono de las tasas, a excepción de las relativas al alquiler de pista para torneos y competiciones, se efectuará
abonando la correspondiente tasa en el propio polideportivo municipal cubierto con carácter previo al acceso a las
instalaciones deportivas de pista de pádel.
El personal encargado del polideportivo cubierto llevará a cabo la gestión y recaudación de las tasas en la forma que se
indica en este Reglamento.
2.- A efectos de recaudación de estas tasas, la persona encargada del polideportivo actuará como cajero, estando por tanto
autorizado para recibir los ingresos y debiendo dar traslado del dinero ingresado, al menos con una periodicidad mensual, a
la Tesorería del Ayuntamiento para su ingreso en la caja de efectivo.
3.- El sujeto pasivo a efectos de la tasa deberá presentar su Documento Nacional de Identidad o documentación que
legalmente lo sustituya.
4.- Al efectuar el abono de la tasa correspondiente, de la forma establecida en el punto 1 de este artículo, se expedirá el
resguardo de reserva y pago, el cual deberá ser presentado para el acceso a la pista.
5.- El sujeto pasivo está obligado a conservar el resguardo hasta la salida de la pista de pádel. Asimismo, podrá ser requerido
dicho resguardo durante el desarrollo de la actividad por el personal del complejo deportivo, así como por la autoridad
municipal competente.
TÍTULO III. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 8.- Horario de las instalaciones.
1.- El horario de uso de la pista de pádel quedará establecido en la franja horaria máxima diaria de 9:00 a 22:00 horas.
La determinación del concreto horario de apertura para cada temporada se fijará mediante resolución de Alcaldía y se
vinculará a las necesidades del servicio y la disposición de personal encargado del mismo.
2.- Igualmente por resolución de Alcaldía, corresponderá fijar qué horario se considerará como nocturno a efectos de inicio
de iluminación y devengo de la tasa correspondiente.
Artículo 9.- Responsabilidad del usuario.
1.- El Ayuntamiento declina toda responsabilidad de las lesiones que se pudieran originar derivadas de la práctica deportiva.
2.- Los participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos para realizar actividad físicodeportiva.
3.- Una vez concluida la sesión, los usuarios deberán abandonar la pista y recoger todas sus pertenencias, ropa, palas,
pelotas, botellas, botes, etc. El Ayuntamiento no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de cualquier objeto que
se deje en los mismos.
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