Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montemolín. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04333/2024)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de formación en alternancia con el empleo del Programa Colaborativo Rural
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montemolín
Anuncio 4333/2024
- Que se respete su dignidad personal.
- Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad
económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas, psíquicas
o sensoriales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Recibir una formación conforme a los objetivos del programa y a las necesidades y posibilidades personales
de cada alumno.
- Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
- Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del programa para los fines que le son propios.
- Disponer del vestuario y utensilios adecuado para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad e higiene en el trabajo.
- Elegir a sus delegados y representantes.
- Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título
personal o a través de su delegado.
- Los propios del estatuto de los trabajadores.
Artículo 13.- Deberes.
- Respetar las normas internas del centro y las instrucciones del personal técnico en el ejercicio de las
funciones que cada uno tenga encomendadas.
- Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del programa, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
- Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan de Formación y realizar de forma responsable las tareas
efectivas que se deriven del mismo.
- Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas tareas se realicen
durante la jornada. Comunicarán con antelación cualquier salida del puesto de trabajo que tengan que
realizar (médico, notario, examen…).
- Respetar las instalaciones, mobiliario y material del centro.
- Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
- Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo. Nunca deben quitarse los
equipos de protección individual necesarios para realizar las tareas.
- Aplicar las buenas prácticas ambientales en el puesto de trabajo.
- Los propios del estatuto de los trabajadores.
Artículo 14.- Asistencia.
- El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor/a, a
quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una falta por abandono
del puesto de trabajo y, en caso de producirse reiteración en dicha conducta, se procederá a abrir expediente
disciplinario.
- El justificante de haber asistido a consulta no justifica todo el día de trabajo.
- En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por parte del equipo
técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
- Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no serán
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Derecho a la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad
económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas, psíquicas
o sensoriales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Recibir una formación conforme a los objetivos del programa y a las necesidades y posibilidades personales
de cada alumno.
- Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
- Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del programa para los fines que le son propios.
- Disponer del vestuario y utensilios adecuado para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad e higiene en el trabajo.
- Elegir a sus delegados y representantes.
- Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportunas, bien a título
personal o a través de su delegado.
- Los propios del estatuto de los trabajadores.
Artículo 13.- Deberes.
- Respetar las normas internas del centro y las instrucciones del personal técnico en el ejercicio de las
funciones que cada uno tenga encomendadas.
- Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del programa, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
- Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan de Formación y realizar de forma responsable las tareas
efectivas que se deriven del mismo.
- Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas tareas se realicen
durante la jornada. Comunicarán con antelación cualquier salida del puesto de trabajo que tengan que
realizar (médico, notario, examen…).
- Respetar las instalaciones, mobiliario y material del centro.
- Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo, reponiéndolo en caso de pérdida de la herramienta personal.
- Cumplir las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo. Nunca deben quitarse los
equipos de protección individual necesarios para realizar las tareas.
- Aplicar las buenas prácticas ambientales en el puesto de trabajo.
- Los propios del estatuto de los trabajadores.
Artículo 14.- Asistencia.
- El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor/a, a
quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una falta por abandono
del puesto de trabajo y, en caso de producirse reiteración en dicha conducta, se procederá a abrir expediente
disciplinario.
- El justificante de haber asistido a consulta no justifica todo el día de trabajo.
- En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por parte del equipo
técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
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