Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montemolín. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04333/2024)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del proyecto de formación en alternancia con el empleo del Programa Colaborativo Rural
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Ayuntamiento de Montemolín

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Se utilizarán para ello los procedimientos establecidos a tal efecto.
La justificación de las ausencias deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas. Si la ausencia fuese un viernes se deberá
justificar el lunes siguiente.
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las
horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal, que deberá
acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de formación), que
deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y
finalización.
La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan llevarse a
cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
Artículo 8.- Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
El uso de vestuario y equipos de protección individual entregado a los alumnos/as-trabajadores/as son de uso
obligatorio y su mantenimiento es responsabilidad directa de cada trabajador.
Todo el personal está obligado a comunicar al coordinador/a del centro, cualquier desperfecto que apreciase tanto
en instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas de seguridad
e higiene.
De acuerdo con la legislación vigente, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones del centro.
DEL EQUIPO TÉCNICO
Artículo 9.- Funciones.
Coordinador – tutor
– Administrar operativamente la gestión de los recursos humanos a través del correcto tratamiento, la
transmisión de informaciones, el seguimiento y la evaluación de su desempeño profesional y la gestión de la
formación.
– Representar al programa (centro) ante instituciones y organismos, promoviendo la cooperación y evitando
la duplicidad de recursos.
– Previsión, elaboración, ejecución y control de las cantidades consignadas para el desarrollo de las
actividades.
– Elaborar la documentación administrativa, contable y laboral que se derive del desarrollo del proyecto.
– Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo – laboral de la
plantilla.
– Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de seguridad e higiene.
– Desarrollar los procesos de comunicación y archivo documental generados por la actividad del proyecto.
– Utilizar técnicas de búsqueda de empleo activas.
– Procurar un buen clima laboral entre todos los participantes del Colaborativo Rural:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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